JEP emitió decisiones sobre excombatientes de las Farc que supuestamente participaron en el rearme de 2019

El mecanismo judicial determinó que solo uno de ellos ha respetado el Acuerdo de Paz y por tanto seguirá siendo juzgado por la Jurisdicción.

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Foto: Cortesía JEP
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Después de más de un año de investigación, la Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) logró definir la identidad de quienes aparecen en el video del rearme de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), que se publicó el 29 de agosto de 2019. El mecanismo judicial estudió la posible participación de Elmer Caviedes e Iván Olivo Merchán Gómez y determinó que solo el primero ha respetado el Acuerdo de Paz.

“Teniendo en cuenta las pruebas allegadas y a través de la Resolución SAI-IN-DF-002-2021, la Sala declaró que Caviedes no aparece en el video de rearme y que sí ha cumplido con las obligaciones de dejación de armas y no reincidencia del régimen de condicionalidad”, se lee en la resolución emitida por la JEP.

La Sala de Amnistía o Indulto aseguró que revisó todas las pruebas del caso y después de hacerlo determinó que Caviedes, alias ‘Albeiro Córdoba’, excomandante del frente 44 de las FARC, no aparece en el video de rearme. El mecanismo aseguró que el exguerrillero ha cumplido con todas sus obligaciones y de hecho ha sido el encargado del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) de Charras, en el municipio de San José del Guaviare (Guaviare).

En meses pasados, La Silla Vacía y El Espectador llegaron a asegurar que Caviedes fue confundido con Enrique Muñoz, alias ‘Villa’, exintegrante del Frente 33 de las Farc, quien lideró la Columna Móvil Antonia Santos que operaba en los santanderes.

Teniendo esto en cuenta, la JEP decidió no expulsar a Caviedes del mecanismo judicial y le recordó el compromiso que tiene con la paz.

“Se le reiteró al compareciente que debe continuar cumpliendo con todas las obligaciones del régimen de condicionalidad, incluyendo, el deber de aportar verdad y acudir al llamado de las entidades que conforman el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición”, aseguró la JEP.

Situación contraria fue declarada para Merchán Gómez, alias ´Loco Iván´, a quien sí se le probó haber participado del rearme y por esto fue expulsado de la JEP. La Jurisdicción declaró al hombre como “desertor armado manifiesto del proceso de paz”, y por eso perdió todos los beneficios que le otorgaba la jurisdicción y el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR).

“Iván Olivo Merchán Gómez incumplió de manera grave con las condiciones constitucionales y legales para mantener y eventualmente acceder a los distintos tratamientos penales especiales y beneficios económicos instituidos en virtud de la suscripción del Acuerdo Final de Paz para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”, se lee en la resolución.

Una vez se emitió la decisión, la Sala de Amnistía o Indulto ordenó a la Secretaría Judicial de la JEP comunicar a todas las Salas y Secciones de la Jurisdicción que identifiquen todas las actuaciones contra alias ´Loco Iván´. Una vez el mecanismo tenga la lista completa de los delitos cometidos por el subversivo, esta será enviada a los órganos competentes de la justicia ordinaria para que ellos asuman el caso.

La JEP hizo la solicitud para cumplir el conducto regular que debe seguirse en este caso, pero cabe recordar que, todo parece indicar que alias ´Loco Iván´ fue dado de baja en noviembre de 2020 por las Fuerzas Armadas Venezolanas. Las autoridades del país vecino afirmaron que el subversivo estaba del otro lado de la frontera y ahí fue abatido junto a otros cuatro criminales durante un operativo. Sin embargo, esta información no ha sido confirmada por Colombia.

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