Un hombre duró 11 años en detención preventiva tras la pérdida de su expediente

El detenido, en el Atlántico, fue acusado en 2009 por el presunto delito de hurto calificado, por lo que en su contra se impuso la medida de aseguramiento domiciliaria, desde entonces llevaba un brazalete electrónico en su tobillo.

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Detenido con brazalete electrónico en tobillo. Foto de referencia.
Detenido con brazalete electrónico en tobillo. Foto de referencia.

El caso fue divulgado por el diario El Tiempo, el cual informó que, gracias a una tutela, interpuesta por el abogado del detenido, la Corte Constitucional ordenó dejarlo en libertad inmediata. Sin embargo, el medio detalló cómo este hombre llegó a estar más de una década confinado por la pérdida de su expediente y la negligencia de las autoridades, que no adelantaron dicho proceso judicial.

Luego de cumplir 11 años de detención preventiva, desde su casa en el municipio Ponedera, en el departamento del Atlántico, el hombre decidió exponer su caso, por medio de una tutela, en la que exigió que se le diera inmediatamente su libertad, ya que su caso no había avanzado porque las autoridades habían perdido su expediente por con consiguiente nadie respondía por su caso.

“El hombre aseguró que se estaba vulnerando su derecho a la libertad personal pues el juzgado segundo penal de Soledad (Atlántico), que se suponía era el que llevaba el caso, le dijo que contra él no había ningún proceso penal. Y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), por otro lado, le informó que era ese juez el que había ordenado detenerlo”, detalló El Tiempo.

En la tutela, el hombre relató que en el 2009 fue detenido por robo calificado, y por consiguiente, le dictaron detención domiciliaria a la espera de aclarar su situación judicial, la cual, según el acusado nunca fue realidad, pues contó que desde entonces cargó en su tobillo un brazalete electrónico que es vigilado por la cárcel Modelo de Barranquilla.

De acuerdo con el medio, habían pasado 9 años desde que había sido acusado y detenido cuando el juzgado le respondió diciéndole que luego de revisar los archivos, y documentos radicados desde el 2009, no había ningún registro con la cédula del detenido de algún proceso judicial en su contra, pero a pesar de la evidente irregularidad de las entidades judiciales, dicho juez se negó a un Hábeas corpus, recurso que se brinda para dar solución judicial ante un arresto arbitrario, pues el togado señaló que el INPEC le contradecía, y por lo tanto él no podía pronunciarse sobre el estado de la detención del hombre.

Asimismo, el medio indicó que ni excediendo el tiempo en el cual una persona debería estar en detención preventiva, es decir, como sindicada, las autoridades no fueron capaces de responder por el expediente del hombre.

“Aunque la Fiscalía tenía 60 días desde que el ciudadano quedó imputado para acusarlo o archivar el caso ante un juez, y comunicarlo, eso nunca sucedió y ya han pasado 11 años desde entonces”, afirmó el diario El Tiempo.

Por su parte, la Fiscalía de Soledad le indicó a la Corte Constitucional que en la entidad no reposa ningún documento que evidencie que el detenido esté procesado por algún delito, y así mismo lo aseguró la Fiscalía de Atlántico que señaló nunca ha llevar un proceso penal del hombre.

En medio de la lucha del hombre por recuperar su libertad, en 2018, logró descubrir un carpeta con un comunicado del fiscal segundo de Soledad en la que dijo que la carpeta del proceso se le había entregado a un fiscal local de Santo Tomás , y que él había decidido archivar el proceso desde el 2010 sin embargo esa decisión nunca fue comunicada, y el hombre nunca fue puesto en libertad.

Tras las evidencias de las irregularidades con los documentos del detenido y las falta de comunicación del cierre del proceso, la Corte Constitucional concluyó que al ciudadano se le vulneraron sus derechos al debido proceso y a la libertad, pues con la pérdida del expediente se ha dificultado que el detenido pueda defenderse y solicitar su libertad por vencimiento de términos.

“El fiscal local de Santo Tomás, previo a archivar el asunto, tenía que solicitar la preclusión de la causa penal del detenido, a efectos de que la autoridad judicial competente ordenara de manera inmediata la libertad del accionante. No obstante, al no hacerlo vulneró los derechos al debido proceso y a la libertad del ciudadano”, dijo la Corte al resolver la tutela.

Por todas la irregularidades en el caso, la Corte compulsó copias ante la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General para que investiguen las acciones y omisiones del juzgado segundo penal municipal de Soledad, del Fiscal segundo de ese municipio, y del fiscal de Santo Tomás.

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