¿Declaró los impuestos de renta a tiempo? Estas son las sanciones que deberá asumir si no lo hizo

El plazo máximo del pago de los impuestos venció el pasado miércoles 21 de octubre

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Foto de archivo ilustrativa de un empleado con varios billetes de pesos colombianos en una tienda en Bogotá. 
Dic 28, 2018. REUTERS/Luisa Gonzalez
Foto de archivo ilustrativa de un empleado con varios billetes de pesos colombianos en una tienda en Bogotá. Dic 28, 2018. REUTERS/Luisa Gonzalez

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) advirtió que hasta este miércoles 21 de octubre las personas naturales tenían plazo para hacer la declaración de renta de 2020, sobre los ingresos obtenidos el año anterior.

La Dian estima que cerca de 3,5 millones de colombianos tenían la obligación de declarar, y si es el caso pagar, el impuesto de renta para este año, pero muchos de los llamados a cumplir con este deber no lo realizaron y ahora deberán asumir las consecuencias.

Estas van, desde enfrentar sanciones monetarias como el pago de sanciones o desembolso de intereses moratorios, como costos adicionales que se recargan debido al pago más allá del plazo, hasta el embargo de bienes inmuebles por parte de la entidad recaudadora.

Las personas naturales que no realizaron el pago de sus impuestos dentro de las fechas establecidas por el Gobierno Nacional tendrán que asumir la penalidad entre el 5 y el 10% del impuesto correspondiente, por cada fracción o mes de retraso.

“Por ejemplo: si mi impuesto a cargo era de 10 millones de pesos y me demoro un mes en presentar la declaración de renta, voy a tener que asumir una sanción de 500 mil pesos”, explicó Santiago Estrada, director de Marketing de Trubuti.com (la plataforma para hacer el pago tributario), citado por el medio RCN Radio.

Por otra parte, el pago extemporáneo producirá intereses de mora entre la fecha que se cancela la declaración de renta y el plazo máximo, los que se liquidarán con base a la tasa de usura fijada por la Superfinanciera menos dos puntos, por cada día de mora hasta el pago de los impuestos.

Por esa razón, la Dian recomienda a los ciudadanos que no cuentan con el dinero para pagar la declaración de renta, buscar financiación con alguna entidad bancaria para estar al día de las obligaciones.

Si la persona natural llena los requisitos de la entidad para cancelar los impuestos pero no lo hace, ni cancela la deuda por fuera de la fecha límite de pago, la sanción podría ser el mayor valor entre el 20% de los ingresos brutos de este ciudadano o del valor de las consignaciones bancarias de la declaración no realizada.

Por último, la entidad menciona que la sanción mínima establecida para quienes presenten su declaración fuera del plazo fijado es de 356.000 pesos.