Así quedaron las tarifas del Registro Único Nacional de Tránsito para 2020 y 2021

Esta actualización aplica a los Organismos de Tránsito, de Apoyo, autoridades de tránsito y la concesión RUNT.

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Desde el próximo 29 de octubre, los colombianos que requieran hacer trámites ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), deberán efectuar el pago de los servicios de acuerdo con la actualización del Ministerio de Transporte.

“Mediante la Resolución 20203040016055 de 16 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial, el Ministerio de Transporte fijó las tarifas aplicables a la inscripción, ingreso de información, expedición de certificados y servicios prestados por el Runt, de acuerdo con el sistema y método establecidos en la ley”, explicó la entidad.

Esta actualización es para la vigencia 2020-2021 y aplica a los Organismos de Tránsito, de Apoyo, autoridades de tránsito y la concesión RUNT. También, está dirigida a los usuarios obligados a inscribirse ante el Registro Único Nacional de Tránsito.

“Con esta actualización de tarifas honramos el pilar de legalidad, que es mandato del Gobierno Nacional, al ajustarnos a las normas que aplican para estos procedimientos. Además, lo hacemos para prestar un mejor servicio, para que las personas que tengan que realizar estos trámites encuentren una atención más expedita, con más posibilidades de acceso”, agregó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Desde el próximo 29 de octubre, trámites como el traspaso de propiedad pasan de $3.900 a $4.200 y el duplicado de la licencia de tránsito tendrá un costo de $1.800, mientras que para la vigencia anterior era de $1.700.

Entre los principales trámites están el certificado de licencia de conducir, que costará $1800; la expedición de la licencia de conducción, en $6.700; y la renovación de la licencia, que tiene un costo de $1.800.

<mark class="hl_orange"><b>¿Cómo actualizar el Runt durante la cuarentena?</b></mark>

A través de la página web del Registro Único Nacional de Tránsito, los ciudadanos inscritos pueden actualizar sus datos de notificación de comparendos como dirección, correo electrónico y teléfono.

En la opción ‘Actualización de datos en Runt’, se debe validar la identidad, con algunas preguntas que solo la persona conoce, con el fin de verificar que quien está realizando el proceso sea efectivamente el ciudadano.

La Ley 1843 de 2017 indica que la última dirección registrada en el Runt es la única válida para que las autoridades de tránsito notifiquen los fotocomparendos, y cada ciudadano deberá actualizar sus datos de notificación.

Por lo tanto, siempre que un ciudadano cambie de domicilio debe realizar este proceso de actualización. De no hacerlo, la notificación le llega a la dirección registrada y no podría ejercer su derecho de defensa.

En este proceso de actualización, que se puede hacer desde cualquier lugar del país, también se puede constatar el historial de direcciones del ciudadano registradas en el Runt.

Para verificar la inscripción en el Runt, tendrá que ingresar en la sección “Consulta por Documento de Identidad” en la pestaña de ciudadanos en la página web. Si el resultado de la consulta es “No se ha encontrado información asociada al ciudadano”, quiere decir que no está inscrito y debe hacerlo.

Para más información sobre procesos y tarifas, diríjase a la página oficial de la Entidad.