La Justicia de Colombia avaló las sanciones contra los empleados que lleguen borrachos o drogados al trabajo

La Corte emitió un fallo en el que dio luz verde a las medidas contra empleados públicos que se presenten a prestar sus funciones en condiciones en embriaguez o bajo efectos de algún psicoactivo

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(Shutterstock)
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La Corte constitucional Colombiana dejó en firme una ley que avala abrir sanciones por falta disciplinaria grave a los funcionarios públicos que se presenten a sus trabajos en estado de embriaguez o bajo la influencia de alguna sustancia psicoactiva.

Según el demandante, que pedía que se derogar a él artículo 55 de la ley 1952 de 2019, conocida como el código del trabajo, la prohibición y sanción a todo consumo de alcohol y drogas en el trabajo vulneraba el derecho al libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo mismo, ya que no tenía en cuenta las situaciones donde dicho consumo “no tiene un impacto negativo en la labor desempeñada o en la función pública”

Se reitera el demandante en que el Congreso, al no regular las excepciones bajo las que no debería haber sanción por esta conducta, vulneró el derecho al trabajo.

Aún cuando el trabajador decida en uso de sus libertades consumir cualquier tipo de sustancias, el empleador debe analizar si dicha circunstancia tiene repercusiones en la función pública, de lo contrario, sería atentar contra las libertades del mismo por cuestiones netamente formales que en nada afectan el trabajo”, argumentaba el demandante.

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En decisión contraría, la Corte afirmó que la norma como está planteada no vulnera ningún derecho, ya que a los funcionarios públicos se les exige un nivel mayor de moral administrativa y por lo tanto las sanciones del código corresponden.

Adoptó entonces el concepto del Colegio de Abogados colombianos que pidió mantener la Ley y que resaltó que su objetivo era evitar “el potencial de causar grandes prejuicios”

Para el Colegio de Abogados, y para la Corte, las restricciones y sanciones a las conductas de los funcionarios públicos deben ser más rigurosas y minuciosas "debiendo castigar se incluso la conducta efectuada en abstracto, más allá de los prejuicios que esta hubiere generado o podido generar".

La decisión se tomó después de una votación siete contra uno.