Paraguay: el Congreso repudió a tres jueces por dictar una sentencia leve contra un violador

Los magistrados fueron suspendidos por otro jurado, después de que su fallo generara una ola de indignación en la ciudadanía. Lo condenaron a apenas dos años de prisión excarcelable

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El Congreso de Paraguay votó un repudio a un fallo judicial contra un abusador sexual
El Congreso de Paraguay votó un repudio a un fallo judicial contra un abusador sexual

La Cámara de Diputados de Paraguay repudió este miércoles a los tres jueces que condenaron a dos años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de su hijastra menor, de 9 años, lo que motivó la indignación ciudadana y provocó que fueran suspendidos por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

En una declaración aprobada en la sesión del miércoles, la Cámara Baja calificó de “absurda y aberrante” la sentencia dictada la semana pasada por Hugo Ríos, Gerardo Ruiz y Jorge Giménez, los tres miembros del tribunal de la ciudad de Paraguarí, 60 kilómetros al sur de la capital.

La resolución también insta a los organismos judiciales de control a “tomar las determinaciones de rigor que ameriten de las investigaciones pertinentes con la mayor celeridad” y sancionar “a todos los actores”.

La legisladora Celeste Amarilla expresó duras críticas contra los magistrados, a quienes acusó de ignorantes. “Seguramente si a alguna de sus hijas le pasa esto no tendrán el mismo criterio que con esta víctima”, aseveró.

La decisión de los diputados se produce un día después de que el JEM decidiera enjuiciar y suspender provisionalmente a los tres magistrados y a la fiscal encargada del caso, Yrides Ávila.

El presidente del JEM, Enrique Bacchetta, sostuvo que la agente fiscal omitió en la acusación un inciso de una tipificación penal que sí figuraba en la imputación y que hubiera elevado a 12 años la expectativa de prisión.

Al rechazo general por la levedad de la condena se suma el hecho de que el acusado del abuso sexual no llegará a cumplir la pena de cárcel, después de haber pasado ocho meses de prisión preventiva.

El fallo también fue criticado por tener en cuenta como atenuante que no hubo penetración por parte del padrastro, lo que influyó en que la pena fuera de solo dos años en vez de los seis años solicitado por el Ministerio Público.

Varias organizaciones civiles lamentaron el tono de benevolencia que emplearon los tres jueces al leerle el fallo al acusado.

Otro cuestonamiento a los jueces fue el uso de un lenguaje soez y nada técnico que ofendió a quienes lo escucharon. Los miembros del tribunal de sentencia defendieron la manera en que se expresaron y alegaron que es la forma en que se dirigen al auditorio para el interior del país para que se pueda entender el fallo.

El Ministerio de la Niñez y la Adolescencia pidió esta semana la revisión del caso y señaló que en la Constitución y el Código de la Niñez y la Adolescencia se prevé una protección especial que no fue tenida en cuenta por los miembros del tribunal.

La violencia contra las niñas es parte de los retos a los que se enfrenta Paraguay para cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, marcados por la Organización de Naciones Unidas para 2030, según la Coordinadora de Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA).

Con información de EFE

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