El debate en el Congreso mexicano sobre la duración de las penas por abuso sexual se intensificó luego de que legisladores de distintas fuerzas políticas cuestionaron la reducción del tiempo de prisión previsto en la reforma recién aprobada. Según publicaron la Agencia EFE y la Cámara de Diputados, la nueva regulación sustituye la condena máxima anterior de hasta diez años de prisión por un rango de tres a siete años, lo que llevó a algunos diputados de la oposición y aliados del Gobierno a manifestar inconformidad frente a esta rebaja.
Durante la sesión realizada el 19 de febrero, la Cámara de Diputados aprobó de forma unánime una serie de modificaciones al Código Penal Federal que redefinen el delito de abuso sexual. Con el respaldo de 431 votos, se estableció que el silencio, la pasividad o la ausencia de resistencia física por parte de la víctima no podrán considerarse como consentimiento. De acuerdo con EFE, la reforma actualiza los artículos 260 y 266 bis, ampliando tanto la conceptualización como el alcance de este delito.
El comunicado oficial de la Cámara de Diputados detalló que la actualización legal especifica que se tipificará como abuso sexual cualquier acto de índole sexual realizado sin consentimiento, tanto en el ámbito público como privado. Esta definición también cubre los casos en que una persona sea obligada a observar, ejecutar sobre sí misma, para un tercero, o para el agresor, un acto sexual, como tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones explícitas de carácter sexual.
La nueva legislación precisa que la validez del consentimiento se anula si ha sido obtenido mediante violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o por estar la víctima en situación de vulnerabilidad. Según subrayó la Cámara de Diputados, “el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”. Esta frase se incorporó luego de un proceso de revisión originado en una propuesta presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Las modificaciones establecen condenas de prisión que van de tres a siete años para quienes incurran en abuso sexual, así como la obligatoriedad para los sentenciados de asistir a talleres de reeducación con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, o realizar algún tipo de servicio social al Estado. EFE indicó que este endurecimiento incluye también medidas educativas como parte de una estrategia enfocada en la prevención de la reincidencia y el fomento de la conciencia sobre la gravedad del delito.
Parte de la reforma busca también reforzar los casos en que concurren agravantes como el uso de violencia física, psicológica o moral, junto con situaciones en las que entre agresor y víctima exista una relación de “confianza sentimental” o vínculos de parentesco. Este aspecto fue detallado en el comunicado oficial, en el que se subrayó la intención de combatir la impunidad en casos asociados a relaciones familiares o afectivas que históricamente han implicado dificultades adicionales para la denuncia y el acceso a la justicia.
Las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), citadas por EFE, revelan que en México una de cada cinco mujeres ha sufrido algún tipo de violencia en espacios públicos y el 92 por ciento de estas situaciones no se denuncia. Estas cifras han sido consideradas al momento de diseñar la reforma, con el propósito de alinear la legislación a los desafíos reales que enfrentan las víctimas.
El texto aprobado quedó pendiente de envío al Ejecutivo federal para su promulgación conforme a los procedimientos constitucionales vigentes. La implementación del nuevo marco legal representa un cambio en la concepción del consentimiento en los delitos sexuales, principio que en adelante excluirá la interpretación del silencio o la inmovilidad como formas de consentimiento, según reportó la Agencia EFE.
El debate generado por la reducción de los plazos máximos de las condenas convivió en la Cámara con posturas que señalaron la necesidad de actualizar el Código Penal a estándares internacionales y de fortalecer la respuesta estatal frente al abuso sexual. La reforma también incorpora nuevas obligaciones para quienes resulten condenados, vinculándolos a procesos formativos y actividades de servicio social, lo que representa una estrategia mixta entre sanción penal y medidas de reinserción, de acuerdo con el informe de la Cámara de Diputados reproducido por EFE.
En términos de agravantes, la ley ahora contempla de manera expresa circunstancias de violencia física, psicológica y moral, así como todo contexto donde haya abuso de relaciones de confianza o parentesco. La reforma busca evitar interpretaciones jurídicas que justifiquen actos de abuso sexual ante la ausencia de resistencia explícita o de expresiones de negación por parte de la víctima.
De acuerdo con EFE, la aprobación unánime en la Cámara de Diputados deja en evidencia la existencia de un consenso político en torno a la necesidad de responder legislativamente a los retos asociados al abuso sexual y al acceso a la justicia de las víctimas. Asimismo, las cifras de la encuesta del Inegi fueron presentadas durante el debate, para argumentar sobre la dimensión del problema y la urgencia de transformar el tratamiento penal del tema.
Diversos especialistas y legisladores destacaron, según reportó EFE, que la reforma representa un avance al centrar el consentimiento como elemento fundamental y excluir la posibilidad de considerar el silencio o la pasividad como señales válidas de aprobación en este tipo de delitos. En el contexto legislativo reciente, este cambio se vincula a las tendencias internacionales y señala una orientación a la protección integral de los derechos de las personas afectadas por estos hechos.
La Cámara de Diputados, según informaron en su comunicado, centró parte de su discusión en el enfoque de género y en la prevención de nuevas agresiones mediante intervenciones educativas y sociales, en línea con la obligación internacional de proteger, garantizar y promover la seguridad y el bienestar de las mujeres y otros grupos vulnerables frente a la violencia sexual.
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