Ordenan seguir investigando por enriquecimiento ilícito a Carlos Liuzzi, el número dos de Carlos Zannini

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Gentileza Cedoc
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En febrero pasado Rodríguez sobreseyó a Liuzzi a pesar de que en dos ocasiones el perito contador de la Corte Suprema de Justicia que estudió la evolución de los bienes del ex funcionario había dicho que se detectó un enriquecimiento patrimonial que no se podía justificar.

El ex número dos de Legal y Técnica –la secretaría que durante la presidencia de Néstor Kirchner y después de Cristina Kirchner ocupó Carlos Zannini- pasó de tener un patrimonio neto de $265.000 al final de 2003 para alcanzar un patrimonio neto de $7.482.000 al cierre del año 2014.

El fiscal del caso, Ramiro González, no apeló la decisión. Pero sí hizo una presentación la Oficina Anticorrupción que encabeza Laura Alonso. Los argumentos de la OA se basan en que el juez, cuatro días después del sobreseimiento, notificó a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA). Esa demora –según denunció la OA- determinó que no se pudiera apelar el fallo judicial, ya que la notificación fue posterior a que quedara firme el sobreseimiento. Es por este motivo que el Gobierno, a través de la OA, había solicitado la nulidad del procedimiento.

"Tal como se desprende del derrotero del expediente, esta Oficina Anticorrupción, en su carácter de pretenso querellante, estima que la resolución que dispuso el sobreseimiento de Carlos Emilio Liuzzi es nula de nulidad absoluta, toda vez que fue notificada al organismo del Ministerio Público Fiscal con competencia subsidiaria para mantener la vigencia de la acción penal (la PIA), una vez firme y agotada toda posibilidad de recurso ulterior", sostuvo en el escrito firmado por Laura Alonso, y por la Directora de Investigaciones, Mirna Goransky. En aquella presentación se resaltó que la notificación tardía a la PIA "fue una parodia del cumplimiento de la ley, al sólo efecto de evitar el cuestionamiento ulterior de lo decidido, apurado también para evitar que esta Oficina pudiera acceder y controlar también lo resuelto".

El fallo firmado por los jueces Horacio Cattani, Martín Iruzun y Eduardo Farah sostuvo que "se le dio al organismo anticorrupción un acceso ficticio a la causa luego de lo cual se la cerró de forma inmediata y se le impidió discutir ese criterio por haberse presentado fuera de los plazos legales¨.

Además los jueces decidieron apartar al juez Rodríguez, por lo que, tras un sorteo, quedó definido que será el juez Marcelo Martínez De Giorgi quien deberá seguir con el caso.

Fallo Liuzzi