Inquieta a la Cámara Argentina de Comercio una aduana interna en Baradero

La entidad solicitó al Gobernador Daniel Scioli la derogación de la tasa de servicios indirectos y directos aprobada por el municipio. Afectaría el intercambio interjurisdiccional

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 Adrián Escandar 162
Adrián Escandar 162

A través de la Ordenanza Fiscal 4965 y las Ordenanzas Impositivas 4966 y 5001, que establecen un impuesto que grava las ventas que realicen en la Municipalidad de Baradero empresas establecidas en otra jurisdicción, ya que, de generalizarse este tipo de normativa en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, implicaría una grave perturbación al desarrollo de la actividad comercial interjurisdiccional encontrándose en pugna con la llamada cláusula comercial de la Constitución Nacional (Artículo 75 inc.13).

"Lo que se define como contribuyentes y responsables (artículo 172) alcanzaría en particular a los comerciantes que realizan actividades de distribución mayorista o minorista en el partido y que no posean local comercial o depósito habilitado en el partido de Baradero", perjudicando a las empresas instaladas en otros municipios de la Provincia que tengan relación comercial con ese distrito, afectando seriamente al sector del comercio, al empleo que este genera y a los derechos", indica un comunicado de prensa de la Cámara Argentina de Comercio que preside Carlos de la Vega.

"En el ordenamiento tributario nacional, los municipios se financian indirectamente mediante impuestos establecidos en los niveles federal y provincial a través de los regímenes de Coparticipación de Impuestos, y directamente mediante la imposición de tasas retributivas de servicios, lo cual no se justifica en estos casos, ya que no se verifica servicio alguno por parte de esa jurisdicción", fundamenta la entidad.

Recuerda la CAC que "la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos, en particular, proscribe la aplicación de impuestos por parte de los municipios y, en concordancia, la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Buenos Aires tampoco permite la aplicación de impuestos por dicho nivel de Gobierno".

En tanto, la Cámara Argentina de Comercio decidió hacer gestiones con el Intendente y el Concejo Deliberante de Baradero, solicitando la revisión de los criterios adoptados por esa Municipalidad en este caso y el impulso de la derogación de la "tasa de servicios indirectos e indirectos varios" a fin de evitar serios perjuicios a los distribuidores mayoristas y minoristas afectados, y la consecuente secuela de acciones judiciales que la misma, de persistir su aplicación, sin duda suscitará.