La ley que modifica los Impuestos Internos a los objetos suntuarios fue publicada, promulgada y reglamentada hoy por el gobierno nacional. La nueva normativa grava entre un 30 y un 50 por ciento, de acuerdo al valor que tengan, bienes de alto valor.
La iniciativa abarca a todos los productos considerados suntuarios en base a su valor y no por su origen, gravando tanto a los importados como a los nacionales.
En la reglamentación publicada en el Boletín Oficial, se determinó que las disposiciones de la Ley Nº 26.929 "regirán para los hechos imponibles que se produzcan a partir de la publicación en el Boletín Oficial", o sea, desde hoy.
Y precisa que se entenderá como precio de venta de los vehículos, sin considerar impuestos, "el fijado por las terminales a su red de concesionarios, cualquiera sea la forma que adopte la comercialización".
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