Las 10 claves del fallo de Julián Ercolini que ordenó el procesamiento y la prisión preventiva de Cristóbal López

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(Adrián Escandar)
(Adrián Escandar)

El juez federal Julián Ercolini procesó con prisión preventiva a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa por considerarlos partícipes necesarios del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública. Además procesó pero sin prisión preventiva al ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray como autor del mismo delito que los empresarios.

A continuación los puntos principales del fallo que pone tras las rejas al dueño del grupo Indalo:

1. A raíz de las pruebas que hay en la causa, Ercolini sostuvo que debe tenerse por acreditada la intervención de Echegaray y de los empresarios en el hecho delictivo investigado.

2. Oil recibía con cada venta directamente de sus clientes el monto que debía ingresar a la AFIP como impuesto. Más allá de que tenía el dinero para el pago del tributo en tiempo y forma se acogió sistemáticamente a planes de pago que fueron concedidos en forma irregular por el organismo recaudador.

3. Cristóbal López contó con la venia de Echegaray para pagar sólo 7 de los 55 períodos fiscales investigados sabiendo de antemano que le concederían beneficios de pago y así evitar el cobro compulsivos de esas deudas impositivas.

4. El único requisito establecido por la normativa para otorgar los planes de pago era que el solicitante acreditara encontrarse en condiciones económico-financieras que le impidieran el cumplimiento de las obligaciones adeudadas, lo que nunca fue exigido por la AFIP.

5. Dichas anomalías se repitieron de manera sistemática y deliberada durante 2013, 2014 y 2015, lo que se refleja en el monto millonario de la deuda que la AFIP permitió que Oil Combustibles acumulara.

6. Ricardo Echegaray, aunque no se descarta la intervención de otros funcionarios, posibilitó que la petrolera no pagara en tiempo y forma el tributo y utilizara indebidamente y en beneficio propio ese dinero para capitalizar a las demás sociedades del grupo Indalo, en perjuicio de las arcas del Estado nacional.

7. A menos de 15 días de formulada la denuncia que dio inicio a la causa, Oil se presentó en concurso de acreedores ante el Juzgado Nro. 1 de Comodoro Rivadavia. Al respecto, el juez Ercolini sostuvo en su fallo "la decisión de someter la situación económica y financiera de Oil Combustibles SA a un proceso de esa naturaleza, ponderada en el contexto global de las disposiciones que vienen adoptando las autoridades de esa sociedad, me conduce a pensar que el designio real de López y De Sousa no era otro que el de continuar evitando el pago de sus obligaciones tributarias en el tiempo y la forma que la ley les imponía".

8. Se encuentra corroborado que Echegaray habría violado sus obligaciones, dado que omitió controlar el pago en tiempo y forma de las obligaciones relativas al Impuesto a los Combustibles Líquidos y el adecuado otorgamiento de los planes de facilidades de pago, lo que sucedió sistemática y deliberadamente, y así permitió que Cristóbal López -a través de Oil Combustibles- financiara a otras sociedades de su propio grupo empresario, obteniendo así un beneficio económico indebido.

9. Los empresarios se beneficiaron de la maniobra desarrollada por el titular de la AFIP, dado que Oil Combustibles no pagó en tiempo y forma el ICL y con ese dinero capitalizaron y financiaron al resto de las firmas que componían el grupo Indalo.

10. Pese a que el juez había dictado la inhibición general de bienes, los empresarios manifestaron haber vendido sus acciones en el grupo Indalo –cuando les estaba vedado– con anterioridad haber solicitado autorización para concretar esa operación. Sobre este punto, Ercolini afirmó que "existen en autos condiciones objetivas que me llevan a concluir que su accionar se dirigió a obstruir la labor de la justicia" por lo que les dictó la prisión preventiva y ordenó detener a los empresarios.

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