Su esposo murió y ahora la justicia la autorizó a casarse con el hijastro

Un juez de Santa Fe habilitó a una viuda a casarse con el hijo de su marido, fallecido en 2010. “No hay parentesco ni consanguinidad y si lo hubiera, un incesto tampoco tiene sanción penal”, dijo el magistrado

Compartir
Compartir articulo
Tribunales de San Lorenzo
Tribunales de San Lorenzo

Hoy tiene 45 años y estuvo casada por mucho tiempo con un hombre mayor que ella, que cuando murió en 2010 tenía 75. Ahora, a seis años de haber enviudado, la justicia de Santa Fe la autorizó a casarse con su hijastro.

El fallo fue emitido por el juez de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Marcelo Scola. Según explicó, la mujer jamás convivió ni tuvo una relación habitual con el hijo de su marido, un hombre de 55 años, con quien empezó a tener un contacto más habitual a partir de la enfermedad y muerte del padre. El vínculo pasó al plano sentimental y hoy son una pareja.

En el medio, decidieron casarse, pero en el Registro Civil se lo impidieron por ser "parientes afines en línea recta", tal como lo marca el inciso C del artículo 403 del Código Civil. Fue entonces que recurrieron a la Justicia y el juez Scola dictó la inconstitucionalidad del artículo, aunque sólo para este caso.

"Tuve en cuenta que el parentesco por afinidad no existía: nunca se trataron, nunca pudo haber sido su madre y nunca convivieron", argumentó el magistrado, para quien se trata de "pareja libre, de personas adultas sin impedimentos", justificó.

En ese sentido, expresó en diálogo con el programa De 12 a 14, de Santa Fe: "Aquí no hay parentesco alguno, no hay consanguinidad y si lo hubiera, un incesto tampoco tiene sanción penal, en todo caso sería algo que pasaría por lo ético o lo moral, por lo tanto no hay impedimento alguno para casarse".

Al hacer lugar al recurso, Scola ordenó al Registro Civil de la ciudad de San Lorenzo, ubicada 23 kilómetros al norte de Rosario, "cumplir con el pedido de los peticionantes".

El fallo es similar al dictado el 30 de noviembre último por el juez de Rosario Ricardo Dutto, quien declaró inconstitucional el mismo artículo y ordenó la unión matrimonial de dos mujeres; la viuda y la hija de un hombre fallecido.

"Son casos similares: uno entre dos mujeres y este entre un hombre y una mujer y ambas decisiones judiciales son únicas en Latinoamérica porque no hay antecedentes", afirmó el magistrado.