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Domingo 29 de Noviembre
03-01-09 | Política Imprimir Galería
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La Justicia extendió la prisión de represores sin sentencia

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Una Sala de la Cámara de Casación adoptó una posición contraria a otra Sala del mismo tribunal que días atrás había ordenado excarcelar a Alfredo Astiz y Jorge "Tigre" Acosta

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La Cámara Nacional de Casación decidió mantener en prisión a dos represores que hace más de tres años años están detenidos sin sentencia, adoptando un criterio distinto al fallo de otra sala del mismo tribunal que ordenó la liberación de Alfredo Astiz y Jorge "Tigre" Acosta, entre otros acusados de la ESMA.

La Sala IV de la Cámara dispuso la prórroga de la prisión preventiva por ocho meses más de los represores Samuel Miara y Eufemio Uballes, quienes están detenidos 24 de agosto de 2005, acusados por delitos de lesa humanidad.

La decisión fue adoptada pese a que ya se vencieron los plazos que fija la Ley 24.390, que permite la detención preventiva por el plazo de dos años más uno de prórroga cuando no hay condena.

Los jueces consideraron "adecuada" la decisión del Tribunal Oral Federal Nº 5 (TOF5) en prorrogar la detención, en una resolución del 17 de noviembre pasado pero que recién se conoció hoy en Tribunales.

El fallo se basó en la "evidente complejidad de la causa, por su voluminosidad, cantidad de procesados, cantidad de querellantes y hechos Imputados", de acuerdo a la resolución firmada por los jueces Augusto Diez Ojeda y Mariano González Palazzo.

Los camaristas fijaron en ocho meses la prórroga de la prisión preventiva para ambos represores "en función de un justo equilibrio entre la atención de las complejidades de la causa en su tramitación, la necesidad de neutralizar los riesgos procesales que vienen sustentando la detención provisoria, y el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable".

Miara y Uballes están imputados por delitos de lesa humanidad cometidos en los centros clandestinos de detención El Banco, Club Atlético y Olimpo, y ante la "complejidad y volumen de la causa" en la que hay 15 imputados, los jueces justificaron la extensión de la prisión.

En disidencia votó el juez Luis García, quien días atrás convalidó la excarcelación a Astiz y Acosta, fallo que generó una fuerte polémica.

Para fundamentar su posición, el juez García invocó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostiene que "si la privación de la libertad durante el proceso sólo puede tener fines cautelares y no retributivos, entonces, la severidad de una eventual condena no necesariamente deberá importar una prisión preventiva más duradera".

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