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Lunes 23 de Noviembre
29-04-08 | Política Imprimir Galería
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Menem irá a jucio oral por contrabando de armas

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Un fallo posibilitará que el ex presidente sea juzgado el 8 de julio próximo. "Habría tomado parte en la articulación del complejo plan delictivo investigado", dijo la Cámara de acuerdo al fallo al que accedió Infobae.com.

Vanesa Petrillo (Infobae.com)  

Carlos Menem irá a juicio oral y público por contrabando de armas a Ecuador y Croacia, luego de que la Cámara en lo Penal Económico confirmó esta tarde el procesamiento del ex mandatario, según un fallo al que accedió Infobae.com.

"Carlos Saúl MENEM habría conocido que el material bélico aludido no se dirigiría a la República de Venezuela y la República de Panamá -según el caso- y que, de todas maneras, autorizó las operaciones de exportación que constituyen el objeto de la imputación que se efectuó al nombrado en esta causa", sentenció la Cámara.

La resolución destacó que sin la intervención de Menem, a través de la firma de los decretos que autorizaron la venta del armamento, las maniobras no se hubieran podido llevar a cabo.

Se trata de una resolución clave de la Cámara, ya que el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 aguardaba este fallo para comenzar el juicio oral contra todos los acusados, y entre ellos pretendían juzgar a Menem.

El fallo que dejó a Menem muy cerca de ser juzgado el 8 de julio, según la fecha estimada por el Tribunal para comenzar el juicio, fue firmado por la Sala B de la Cámara en lo Penal Económico y confirmó así la decisión del juez del fuero Rafael Caputo.

Para la Cámara, el dictado de los decretos presidenciales que autorizaron la venta de las armas fueron determinantes para que se concretara el contrabando.

"El dictado de los decretos Nos. 1697/91, 2283/91 y 103/95 constituyó un paso de carácter previo, necesario e insoslayable para la concreción de las exportaciones que son objeto de investigación en el legajo, lo cual permite descartar la sugerida intrascendencia que habría tenido la actuación de Menem para la ejecución del hecho delictivo imputado", sostuvo la Cámara.

Para la Cámara, "aquellos decretos resultaron necesarios, condicionantes y complementarios de las declaraciones del exportador y sus contenidos, y habrían resultado idóneos para conformar el ardid mediante el cual se sustrajo al material exportado del control aduanero".

"Las exportaciones aludidas no se habrían podido llevar a cabo sin la actividad desarrollada por Carlos Saúl MENEM pues, sin el dictado de los decretos Nos. 1697/91, 2283/91 y 103/95, en los cuales se verificó la intervención necesaria del nombrado, la extracción del territorio nacional del material bélico señalado no habría sido posible", dice el fallo.

El fallo fue firmado por los camaristas Marcos Grabivker y Carlos Pizzatelli, mientras que Roberto Hornos no firmó por hallarse en uso de licencia.



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