No prescribirán las causas por financiamiento ilegal de las campañas electorales cuando esté involucrado un funcionario

Lo resolvió la Cámara Nacional Electoral. También abarca al financiamiento de los partidos políticos

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La Camara Nacional Electoral
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La Cámara Nacional Electoral resolvió que las causas por financiamiento ilegal de los partidos políticas y las campañas electorales no prescribirán cuando esté involucrado un funcionario público en la maniobra. La decisión se tomó luego de que un juez de primera instancia haya declarado extinguida la sanción a una autoridad de un partido que no había acreditado el origen y destino de los fondos por considerar que la causa había prescripto al transcurrir un año de su inicio.

Cuando se apeló esta decisión, el caso llegó a la Cámara Electoral, que tuvo en cuenta que la persona acusada era un concejal de Funes, Santa Fe. Por eso, decidió suspender el curso del plazo de prescripción.

Para fundamentar el fallo, la entidad consideró que, aunque no se trate de un delito, es una infracción a las normas de financiamiento partidiario y por eso deben aplicarse igualmente los principios y reglas del derecho penal: "El carácter de infracción, no de delito, no obsta a la aplicación de las normas general del Código Penal".

Los camaristas Alberto Dala Via y Santiago Corcuera explicaron: "La suspensión de los plazos de prescripción de la acción penal en el caso de delitos cometidos por funcionarios públicos se basa en el afán moralizador y de transparencia en el ejercicio de la función pública respecto de aquellos para quienes existe una mayor rigurosidad en virtud de su vinculación con el Estado".

Y agregaron que la causal de suspensión tiene el propósito de "evitar que corra el plazo de prescripción, y por ende su agotamiento, mientras el acusado o cualquiera de los partícipes del ilícito siga desempeñándose en la función pública".