Los peligros de la venganza por mano propia

Julio Raffo

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Parecería que es obvio que cuanto más intensa es una crisis y cuanto más grave es la situación de las personas, mayor es la obligación de pensar las cosas con serenidad y orientados por la búsqueda del bien común y el fortalecimiento de la convivencia en la sociedad dentro del marco de nuestros principios éticos y las disposiciones de nuestras leyes.

En la situación actual, nuestra convivencia se ha visto —y se ve— intensamente agraviada por delitos contra la propiedad que afectan a las personas, sin distinción de clases y en muy numerosos casos con una violencia criminal.

Estos hechos se encuadran en un contexto en el que la Policía, en demasiados numerosos casos, presenta rasgos delictuales que ponen en evidencia la articulación, o la complicidad, con la delincuencia de diferente contenido y metodología. La droga, la trata de personas, el comercio ilegal, el robo por encargo, la venta de las zonas liberadas o de radios o repuestos robados, entre otros rubros, generan una importante corriente de recursos hacia policías que deberían perseguir esas actividades y apresar a los delincuentes que las realizan.

Funcionarios del Poder Judicial, en menor grado, pero con gravísimas consecuencias, aparecen articulados con esa compleja red delictual o, también, impregnados de una indolencia o una concepción que hace sentir a las personas víctimas del delito y a la sociedad, atónica, el desamparo frente a los delitos mencionados.

Hay también prácticas políticas territoriales, en especial en zonas carenciadas, que coexisten mansamente con este fenómeno, cuando no llegan —también— a articularse con complicidad o con su dirección, para lucrar con sus resultados.

Este tipo de delitos, en especial el robo violento, que lesiona o mata en el trayecto de su realización o, inclusive, como cruel broche final e innecesario, lesiona o mata a sus víctimas directas, a la vez que proyecta su sombra amenazante sobre la sociedad toda, en la que cada uno teme por sí y por sus seres cercanos, al tiempo que participa del clima de temor y desconcierto generalizado y reclama urgentes respuestas del Estado a este injustificado e intolerable agravio al cuerpo social.

Todo esto es verdad y es así. Y ello no puede ser ni ignorado ni minimizado.

Pero en la situación que acabamos de describir aparecen reacciones de venganza por mano propia (pésimamente designadas como episodios de justicia por mano propia), y ello nos obliga a examinar estas conductas bajo una doble perspectiva: la del hecho individual y su comprensión emocional, y la del hecho en el marco de nuestra ética y nuestras leyes.

Cada caso aisladamente analizado conduce a una justificación de reacciones que, desde el punto de su relación con la convivencia social y con el ordenamiento jurídico, son condenables.

La solución al hecho de que haya personas lesionadas o robadas no pude nunca consistir en generar un derecho a réplica que le permita al agredido matar al agresor.

Brindar el derecho de matar a otro en razón de haber sido robado retrotrae nuestra civilización a tiempos anteriores a la ley del talión, que, en nuestra civilización, aparece en el Antiguo Testamento (Éxodo 21:23-25), donde se prescribe: "Pagarás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie". Esta ley constituyó un gran avance civilizatorio frente a la venganza desproporcionada y generalizada que se proyectaba sobre la familia toda del agresor. Con ella, se trató de establecer un límite a la reacción primitiva que carecía de toda restricción.

La ley del talión tampoco satisface el principio de justicia en una sociedad, cuando se advierte que esta es una cualidad de la convivencia social y no un derecho individual de las personas agredidas. El filósofo argentino Carlos Cossio señalaba que, si aplicamos esa ley a quien le causó la ceguera a otro, como consecuencia, la sociedad tendría dos ciegos en lugar de uno, lo cual no satisface la dimensión social de toda justicia. Cabe recordar que causarle intencionalmente la muerte a otro también es tipificado como delito —grave— en nuestra sociedad, con la particularidad de que la pena prevista para el homicidio es mucho más grave que la prevista para el robo. Así, la dialéctica de la venganza descontrolada no sólo aparece como irracional y antisocial, sino que, además, invierte los valores que animan a nuestro Código Penal.

Cabe advertir que si se reconoce al ciudadano robado el derecho de perseguir y matar al ladrón en razón de que robo es un delito grave que generó una emoción violenta en la víctima, ello implicaría reconocer el derecho de los familiares del ladrón muerto de ir a matar a quien lo mató, porque este hecho no deja de ser también un grave delito, y así sucesivamente.

Cuando el señor Baby Etchecopar promueve que se salga a matar a los ladrones, no sólo impulsa a que transitemos por la bárbara etapa que la ley mosaica intentó superar, sino también intenta darles legitimidad a los escuadrones de la muerte, de siniestra trayectoria en el Brasil, que agraviaron a la sociedad brasileña toda.

Proclamar que en la nación habría derechos que permiten atropellar el derecho de las personas y matarlas sin más trámite no es nuevo: esta concepción tuvo una importante trascendencia y vigencia en la primera mitad del siglo XX, y su formulación textual sostenía: "La ley de la democracia parece más sagrada para uno de esos doctrinarios que el bien de la nación". Y, por ende, habría que apartarse de esa ley toda vez que ese bien hubiere sido cuestionado o atacado. Este principio fue difundido en el libro Mi lucha, de Adolf Hitler y constituyó la expresión sintética del Führerprinzip.

Pero Hitler y Etchecopar se han equivocado: el bien de la nación consiste en cumplir sus leyes, todas sus leyes, y promover, en su seno, la mejor posibilidad de la convivencia social, que, en ningún caso, puede constituir un incentivo a que nos matemos los unos a los otros.

 

@JulioRaffo

 

El autor es profesor de Filosofía del Derecho, diputado nacional, abogado. Fue legislador de la Ciudad de Buenos Aires (2009-2013).