El Banco Central comunicó que las entidades financieras podrán habilitar para puestos jerárquicos a personas sin antecedentes en el sector. Se trata de la Comunicación "A"5345. De este modo no se requerirán exigencias de idoneidad en el rubro

Hasta el presente regía que la idoneidad de los directores o consejeros debía ser evaluada sobre la base de sus antecedentes de desempeño en entidades financieras.
La nueva normativa flexibiliza ese criterio al admitir como experiencia el desempeño en puestos relevantes, no circunscribiéndola a experiencia en entidades financieras sino ampliándola a la adquirida en puestos directivos y gerenciales en la función pública o privada, en el país o en el exterior.
Fuentes del Central dijeron a Télam que un ejemplo puede ser "un gerente de finanzas de una empresa industrial o de servicios, o un secretario de Hacienda o Finanzas de una provincia o municipio".
También se reduce del 80% actual a dos tercios del total de los directorios la exigencia de directores o consejeros que deben acreditar experiencia en materia financiera.
Además, la nueva normativa del Central establece que la exigencia de experiencia, es decir, de observar los porcentajes mencionados en los párrafos anteriores, deberá verificarse también al momento de realizar las reuniones de Directorio o Consejo de Administración.
El órgano de fiscalización interna de la entidad financiera (sindicatura) deberá constatar su cumplimiento.
Con relación a los promotores y fundadores de una entidad financiera, aunque no sean accionistas, se establece que deberán acreditar idoneidad y experiencia conforme a lo establecido para los directores en una proporción n no inferior al 25% del capital y votos de la entidad.
Finalmente, para los gerentes generales, gerentes a cargo de sucursales y otros gerentes con facultades resolutivas, se flexibiliza el requisito de experiencia previa en la actividad financiera, señalándose como "preferentemente".
Asimismo, ninguna de las autoridades de las entidades deberá estar alcanzada por las inhabilidades e incompatibilidades previstas por la Ley de Entidades Financieras.