La Legislatura porteña aprobó la ley que insta a las expendedoras de Gas Natural Comprimido a disponer de esos elementos para que los clientes con necesidades especiales pueden descender del vehículo durante la carga del combustible

La Legislatura porteña aprobó el jueves por la noche una ley que establece la "obligatoriedad" de disponer de sillas de ruedas para clientes con necesidades especiales que deban descender de vehículos al momento de cargar combustible en estaciones con expendio de gas natural comprimido (GNC).
Con la aprobación, cada estación debe disponer de una silla de ruedas en perfectas condiciones por cada ocho bocas de expendio de GNC o fracción menor, según la ley.
A su vez, las sillas deberán estas ubicadas en lugares de fácil acceso y señalizados con un cartel visible que indique la disponibilidad de las mismas.
Aquellos responsables de establecimientos de expendio de GNC que no cumplan con la obligación de la ley "serán sancionado con multa de 200 a 2000 mil pesos y/o clausura del establecimiento o inhabilitación", indica la norma.
Entre los fundamentos de la ley impulsada por Carlos Araujo (Recrear), Marcos Peña y Gabriela Michetti (Frente Compromiso para el Cambio), se remarca que por disposiciones vigentes cuando se carga GNC en un vehículo las personas deben descender del auto por razones de seguridad.
Sin embargo "las personas con movilidad reducida tienen dificultades para cumplir con la norma dado que muchas veces no poseen los medios para bajar y esperar a que termine la carga de combustible fuera del vehículo", precisa la norma.
Fuente: DyN