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09-02-07 | Mundo

Proponen mandar a la cárcel a quienes dañen el medio ambiente

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La Comisión Europea presentó hoy una ley para castigar conductas como el vertido o emisión de sustancias contaminantes  con sanciones que podrán llegar a diez años de prisión y multas de hasta un millón y medio de euros

 

La Comisión Europea presentó hoy una ley para castigar conductas como el vertido o emisión de sustancias contaminantes o el transporte ilegal de residuos con sanciones que podrán llegar a diez años de prisión y multas de hasta un millón y medio de euros

La propuesta de directiva crea la figura del "delito ambiental", que define las actividades consideradas como "graves daños" al entorno, que se penalizarán de manera similar en los diferentes Estados miembros.

El comisario de Medioambiente, Stavros Dimas, explicó en rueda de prensa que la iniciativa se enmarca en la intención de evitar en el futuro sucesos como el ocurrido el año pasado en Costa de Marfil, donde el "Probo Koala", buque fletado por una empresa holandesa, descargó 400 toneladas de sustancias tóxicas, lo que causó la intoxicación de 50.000 personas.

Por su parte, el responsable europeo de Justicia, Franco Frattini, aludió al carácter "transfronterizo" de ciertos delitos medioambientales, como los causados por grupos organizados, que en siete de cada diez casos provocan efectos en otros países, por lo que afirmó que "no se pueden combatir ni prevenir sólo a nivel nacional".

Una ley comunitaria en ese ámbito, agregó Frattini, es "crucial para evitar que los delincuentes se aprovechen de las actuales discrepancias en los sistemas de los distintos países".

El objetivo de la iniciativa no es una completa armonización de las leyes penales sobre medioambiente, sino establecer un "mínimo común" a nivel europeo para resolver esas diferencias.

La normativa exigirá que una serie de actividades, entre las que también se incluye el comercio irregular de especies amenazadas y de sustancias perjudiciales para la capa de ozono, tengan la consideración de delitos cuando sean realizados "de manera intencionada o con grave negligencia".

A la hora de aplicar las sanciones, se considerarán "circunstancias agravantes" los actos que produzcan muerte o grave menoscabo para la integridad de las personas, serios daños medioambientales o que sean obra de grupos organizados.

Las penas de prisión podrán alcanzar entre 5 y 10 años en caso de delitos graves y las multas máximas oscilarán entre los 300.000 y el millón y medio de euros, dependiendo del caso.

Además, la normativa prevé como otras posibles sanciones la obligación de reparar los daños causados y la prohibición temporal o definitiva de ejercer algunas actividades industriales o comerciales.

El comisario Dimas precisó que, según un reciente estudio, en la actualidad hay países que ya cuentan con una legislación penal adecuada en el área del medioambiente, entre los que citó a Bélgica, Irlanda o Suecia, mientras que otros países están en un nivel "medio", como España, Polonia, Holanda, Reino Unido o Luxemburgo.

Mencionó como ejemplo de las diferencias en las leyes el caso de España y Portugal, únicos países de toda la UE donde el transporte marítimo de residuos no se considera delito.

Asimismo, señaló que hay Estados que todavía deben hacer un mayor esfuerzo en el área de la legislación ambiental, como Francia, Italia, Eslovaquia y Chipre.

También precisó que la propuesta no ha sido pensada inicialmente para casos como el ocurrido con el Prestige, dado que la Comisión está preparando una directiva específica que se aplicará a la contaminación causada por vertidos procedentes de buques.
Fuente: EFE y AFP-NA
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