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Miercoles 2 de Diciembre
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Para la Justicia es ilegítima la ley de cableado

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Crédito: Télam
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El Tribunal Superior de Justicia decretó la inconstitucionalidad de uno de sus artículos en diciembre último, que sigue vigente y exige a nuevo operadores a soterrar los cables con un costo siete veces mayor

El TSJ decretó la inconstitucionalidad de uno de los artículos que votó la Legislatura porteña en 2005, que dejó sin efecto una ordenanza (que databa de 1994) que obligaba el soterramiento del tendido de cables.

El fallo del alto tribunal data de diciembre del año pasado, y a casi tres meses sigue sin ser acatado.

El TSJ consideró que dicho artículo lesiona el derecho a la igualdad ante la ley, ya que le permite a los operadores actuales mantener el tendido aéreo –salvo en el área del casco histórico- y obliga a aquellos empresarios que pretendan ingresar en el negocio a soterrar el tendido.

El tribunal fundamentó su fallo en que el costo de alojar las instalaciones en forma subterránea es siete veces superior al de hacer de forma aéreo, tal como ocurre ahora.

Cabe aclarar que la ley de cableado data de 1877, y que la ordenanza que se dejó sin efecto –la que obligaba a todas las firmas a soterrar las instalaciones- era una ordenanza que corría sobre la misma, vigente desde 1994 pero nunca implementada.

Mientras tanto, la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) considera que es inviable el fallo del TSJ ya que las columnas para sus redes que por ley emplean Multicanal, Cablevisión y Telecentro, impiden la conexión de un cuarto prestador.

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