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Lunes 30 de Noviembre
06-11-09 | General Imprimir Galería
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Al portero de una escuela porteña lo condenan por robo, pero la Justicia ordena que no lo echen

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Por considerar anticonstitucional el artículo que lo dejó cesante, la Justicia exigió al gobierno de la Ciudad que reincorpore al portero de un colegio que había protagonizado un robo.

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Crédito: Diario Uno

Emiliano Gorno trabajaba en el gobierno porteño como auxiliar de portería, cuando junto a otra persona asaltó a un taxista con un arma blanca y le sustrajo 20 pesos. Por este hecho, fue condenado a una pena de tres años en suspenso, y cumplió ocho meses en Devoto.

El hombre quiso volver a su trabajo, pero por el artículo 48 de la Ley 471, que establece la cesantía de los trabajadores que hubieran tenido una condena judicial, no pudo reincorporarse.

Ante esta negativa, el portero -junto a la Defensoría del Pueblo- presentó una apelación a la Justicia.

Ahora, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró inconstitucional el artículo, por lo que el gobierno de la Ciudad deberá volvera tomar a Gorno.

"Este fallo sólo declara la inconstitucionalidad de este artículo para este caso. Quienes se sintieran perjudicados por causas similares, deberán hacer una nueva presentación", dijo Ricardo Dios, jefe de seguridad de la Defensoría del Pueblo.

Por su parte, el gobierno porteño apelará el dictamen de la Cámara.

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