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Lunes 23 de Noviembre
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Reclamó la mitad de los bienes de su novio muerto y la Justicia le dijo que no

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Argumentaba que los habían comprado entre los dos. Sin embargo, la Justicia dijo que el noviazgo no crea una sociedad de hecho y rechazó el pedido de la mujer

En Rosario, una docente que en 1999 reclamó el 50% de los bienes de su novio, quien falleció en un accidente de tránsito, recibió un revés de la Justicia local. Según la Cámara Civil de Apelación de Rosario, el noviazgo "no es una institución", por lo cual no tiene derecho a recibir lo que pide, pese a que la joven argumentaba, sin comprobante algunos, que los habían comprado a medias.

La mujer explicó que desde el comienzo de su noviazgo en 1996 y en el "transcurso de los meses hizo que la pareja se consolidara y comenzara a proyectarse, a tal punto que de mutuo consentimiento adquirieron bienes muebles e incluso un terreno donde en el futuro planificaban asentar el hogar conyugal", por lo que decidió iniciar una demanda por "disolución de sociedad de hecho por muerte de uno de los socios" contra los padres de su pareja fallecida, quienes iban a heredar las propiedad del difunto.

De hecho, la docente indicó que ella y su pareja afrontaron "el pago de las cuotas por la adquisición de un terreno, comenzar la construcción de la vivienda (materiales y mano de obra) y que incluso desde la fecha de la adquisición del inmueble en octubre de 1996 la pareja abonó los impuestos, tasas y servicios".

La docente, en su demanda, fundamentaba que "hubo una sociedad de hecho, al margen del noviazgo, trasuntada por una comunidad de bienes y servicios, aportes comunes, propósitos de obtener beneficios y bienes comunes".

Sin embargo, la Justicia negó el pedido de la maestra. En primera instancia dijo que no se había conformado sociedad alguna, ya que no se había podido acreditar la compra a medias de los bienes, algo que fue corroborado por los jueces de la Sala I de la Cámara Civil de Apelación de Rosario. Allí, sostuvieron que el noviazgo "no crea, por si mismo, una sociedad de hecho entre los nombrados ni hace presumir su existencia pues de otro modo equivaldría" al matrimonio, publicó el diario Clarín.

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