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Lunes 23 de Noviembre
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Demandaron a empresa de preservativos por enviarle información a su hija

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Sus padres iniciaron la queja luego de que la pequeña de 7 años recibiera en su domicilio uno de sus productos. Pedían un resarcimiento de $20 mil, pero para la Justicia se trató de "un error"

La Cámara Civil y Comercial de Mercedes rechazó una demanda de una familia iniciada contra una empresa fabricante de preservativos, luego de que recibiera en su domicilio uno de sus productos, el cual iba dirigido a su hija de tan sólo 7 años de edad.

Al ratificar el fallo de primera instancia, los camaristas tuvieron en cuenta que "el envío de correspondencia dirigida a A.L. -la menor en cuestión- obedeció a un error", y que no llegó a producirse daño alguno en la nena, pues sus padres fueron los únicos que accedieron a la carta enviada por la empresa en la que promocionaba la calidad de los preservativos.

"Está fuera de discusión que la niña A. no abrió el sobre ni leyó el contenido de la carta", dijeron los jueces, por lo que en su resolución sólo se abocaron a "determinar si se ha acreditado que los actores (el matrimonio) sufrieron algún daño personal".

Así, concluyeron que no pudo "haber generado daño alguno, no sólo por ser un elemento de venta pública en cualquier farmacia o kiosco, sino porque, ya en la época de ocurrencia del hecho, por los medios de comunicación masiva se promocionaba su uso como método preventivo de contagio de enfermedades".

El hecho se inició luego que en mayo de 1998, la familia recibiera en su domicilio una carta de una empresa promocionando los preservativos, la cual estaba dirigida a la hija menor del matrimonio, de 7 años.

Si bien la menor no alcanzó a ver la carta, el matrimonio entendió que la misiva no tenía carácter educativo, y que ellos eran los únicos que podían decidir cuándo brindarle conocimientos sobre preservativos.

Por tal razón, el matrimonio envió una carta-documento a la demandada, haciéndole saber la edad de la menor, y "que la misiva había provocado un daño moral a toda la familia", por lo que la intimaban a la "aclaración" de los "perjuicios provocados con la correspondiente rectificación de su accionar, bajo apercibimiento de iniciar acciones civiles y criminales", según consta en el fallo.

La empresa contestó rechazando y luego de iniciada la demanda por daños y perjuicios por un monto de 20.000 pesos, en primera instancia el juez la desestimó en base a que la menor no tuvo contacto con la carta.

Ahora, los camaristas Emilio Ibarlucia, Carlos Alberto Violín y Roberto Sánchez ratificaron la medida y para ello tuvieron en cuenta un informe pericial que determinó que la carta no pudo haber provocado efecto alguno en la niña.

"Aunque la información vertida en la misma fuera lo más apropiada para una niña de esa edad, lo más probable es que no entendiera de qué se trataba y, en caso contrario, corresponde a los padres dar las explicaciones del caso, en un contexto en que los medios de comunicación hacen mención del tema con una connotación positiva", según consta en el fallo.

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