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Jueves 26 de Noviembre
01-10-08 | General Imprimir
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Archivan una causa contra dos policías que habían sido acusados por Cromañón

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La Cámara Nacional de Casación Penal dictó el sobreseimiento de un cabo y un agente de la Policía Federal, que estuvieron procesados con embargos multimillonarios por la tragedia del boliche de Once

El fallo al que tuvo acceso Infobae.com fue dictado por la Sala III del tribunal y favoreció al cabo Oscar Ramón Sosa y al agente Cristian Ángel Villegas, de la seccional 7ª, quienes habían sido procesados como "partícipes necesarios" de estrago doloso seguido de muerte con embargos de $57.900.000 en cada caso.

Casación confirmó que Sosa y Villegas no participaron del supuesto "pacto espurio" que sus superiores tenían con el gerenciador Omar Chabán, por el cual recibirían dinero para relajar los controles al local.

El defensor de los policías, el abogado Raúl Bednarz, argumentó que la omisión de control que se les atribuía a sus asistidos no autorizaba a concluir que supieran que se iba a producir un hecho como el que se registró en el local.
En las anteriores instancias se había considerado que los policías, que estuvieron en el lugar cuando se produjo el incendio, no realizaron las tareas de prevención que hubieran podido impedir el siniestro, ya que tendrían que haber controlado la cantidad de público y el ingreso de pirotecnia.

La defensa expuso que el estrago doloso requiere la conciencia del autor del delito de que su conducta es apta para crear un peligro común.

El letrado precisó que esa noche Sosa y Villegas estuvieron en cercanías de la discoteca 63 y 98 minutos, por lo que no se puede presumir que hayan tenido conocimiento de las irregularices, faltas, contravenciones o ilicitudes de cualquier tipo que generase su obligación de actuar en consecuencia con los deberes propios de su función.

El voto mayoritario de la Sala III de la Cámara de Casación, firmado por Eduardo Riggi y Guillermo Tragant, recordó que Sosa y Villegas no estuvieron en forma ininterrumpida en cercanías del local, sino que, por órdenes de sus superiores y razones de servicio, fueron repetidas veces desplazados por la zona.

Sobre la cantidad de gente y la capacidad e instalaciones de la discoteca "nada tenían que informar a sus superiores", porque éstos conocían tales extremos.
Los camaristas anularon el fallo de la Sala V de la Cámara del Crimen y dispusieron el sobreseimiento de los policías, que también estaban procesados por incumplimiento de sus deberes.

En disidencia, la camarista Ángela Ledesma sostuvo que los procesamientos por incumplimiento de los deberes de funcionario público estaban firmes y su apelación era improcedente.

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