03-07-08 | General

Un juez rosarino respaldó la "píldora del día después"

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El magistrado dictaminó que este anticonceptivo de emergencia "no es abortivo". Rechazó así un pedido de inconstitucionalidad presentado por un abogado contra el gobierno de esa ciudad

Un juez rosarino respaldó la "píldora del día después"

El juez Civil y Comercial que falló a favor de la utilización de la llamada "píldora del día después" es el rosarino Iván Kvasina. En su dictamen, consideró bajo argumentos jurídicos y científicos que no es abortiva, informó La Capital de Rosario.

El abogado local Nicolás Fernando Mayoraz había interpuesto un pedido de inconstitucionalidad en contra de la ordenanza Nº7.282 de la Municipalidad de Rosario, que avala la utilización de estos comprimidos en las campañas de procreación responsable, alegando que se trata de un método de interrupción efectiva de embarazos.

En el documento presentado, el magistrado argumentó que la "píldora del día después" "es un método abortivo disfrazado bajo el ropaje de contracepción de emergencia", y que "deviene inconstitucional cualquier norma que autorice su aplicación y uso en forma pública, oficial y gratuita".

"La vida comienza en el momento de la fecundación –agregó-, y cualquier acción que se ejerza a partir de ese momento y que tienda a interrumpir la secuencia vital del embrión, debe ser considerada como un aborto. La píldora puede actuar inhibiendo la ovulación en el 70 por ciento de los casos".

Sin embargo, Kvasiva aseguró que no es cierto que la pastilla sea abortiva. "Basta que una paciente haga una búsqueda en internet para cerciorarse que lo postulado en la demanda como una verdad científica indiscutida, no lo es tal", aseveró el magistrado.

Agregó que "el supuesto efecto antianidatorio o antiimplantatorio en el que se basa la acusación de abortiva que se formula a la anticoncepción de emergencia, ha sido negado y desautorizado por serios y fundados informes científicos", y explicó que "los mecanismos de acción del medicamento demostrados por la evidencia científica, son previos al inicio de un embarazo, anteriores a la fertilización y, por ende, a la implantación. Por ello, se trata de mecanismos que previenen un embarazo, no lo interrumpen".

También citó a la Organización Mundial de la Salud (OMS), institución que asegura que la píldora "nunca será capaz de interrumpir un embarazo, por más temprano que éste sea, y por ende no es un método abortivo".

Por último, el magistrado dijo: "Resulta reprochable que quienes tienen la capacidad de ser asistidos en el sistema de salud privado puedan acceder a la píldora y quienes, por su situación de carencia, deben concurrir a los efectores de salud públicos, queden al margen de tales tratamientos".

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