16-01-08 | General

Dejó embarazada a una nena de 12 años y lo absolvieron

Agrandar letraAchicar letraTamaño
Votá 0 votos
Pese a que un estudio de ADN que certifica que una niña de 12 años tuvo un bebé cuyo padre es su atacante sexual, un fallo argumenta que "no se puede certificar el bebé sea producto de la penetración"

 

Un fallo insólito y absolutamente criticable fue emitido por la Justicia de Neuquén.

La Cámara Segunda de esa ciudad absolvió a un hombre de 73 años acusado de violar a una nena de 12, pese a que la menor quedó embarazada, al considerar que ese delito no pudo ser probado.

El hombre, en cambio, fue condenado por el delito de "abuso deshonesto", el cual no incluye la penetración y prevé‚ una pena de cuatro años de prisión, siete menos que la que le hubiera podido corresponder por la violación.

El fallo se basó en la ausencia de exámenes sobre la nena y en el "beneficio de la duda" otorgado al imputado, de acuerdo con la información que trascendió hoy.

El condenado, un policía retirado, quedó detenido con prisión domiciliaria, en la casa aledaña a la niña, lo que motivó la queja de los familiares.

Según difundió hoy el diario Río Negro, el fallo fue emitido el mes pasado por la Cámara Segunda de Neuquén y sus fundamentos eran hasta el momento desconocidos.

Los jueces Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi admitieron que "hubo contacto" sexual por parte del imputado, ya que el estudio de ADN del embarazo de la pequeña lo certifica, pero ubica en el terreno de la "duda" si efectivamente hubo penetración.

La duda es abonada en que la niña nunca declaró que el hombre la penetró y en que nunca se le practicó un examen ginecológico.

También se señala que existe una mínima posibilidad de embarazo sin penetración, un mecanismo denominado "coito interfémora", en el que el hombre eyacula sobre la mujer sin penetrarla.

El insólito dictamen señala que "si bien es cierto que un embarazo de esas características parece algo raro, no sería imposible" y critica a los instructores de la causa por "partir de un preconcepto" y no ponerlo en duda: el embarazo como consecuencia directa de la penetración.

"No puede descartarse que haya habido penetración (...) pero lo que importa es que no puedo rechazar la posibilidad contraria, que es la más favorable al imputado", indica la sentencia, que fue apelada ante el Tribunal Superior provincial por la Fiscalía actuante.



Fuente: NA y Reuters
Posteá tu comentario