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Domingo 8 de Noviembre
29-08-07 | General Imprimir
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Le otorgan DNI femenino a un transexual en Jujuy

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La Justicia jujeña le otorgó el documento de mujer a una persona de 24 años que nació varón pero se convirtió en mujer tras una intervención quirúrgica en Brasil. La resolución

La Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la capital jujeña, con las firmas de los jueces Víctor Farfán, María Rosa Caballero de Aguiar e Isidoro Cruz, hizo lugar al pedido del transexual, quien hoy tiene 24 años.

Según un fallo al que tuvo acceso DyN, el transexual reclamó que "se declare su pertenencia al sexo femenino y consecuentemente, la rectificación de los correspondientes datos registrales".

En la presentación, expresó que "desde muy temprana edad sentía que no condecía su aspecto físico con su identidad sexual. Tenía cuerpo de varón pero era una niña", y en ese contexto, "al desarrollarse, esta tendencia se acentuó aún más".

Primero, se convirtió en travesti y desarrolló "una vida de mujer, con las consiguientes secuelas en orden a discriminación laboral, social y de otras áreas de la vida de relación".

"Debido a ello, procedió a practicarse una intervención quirúrgica de cambio de sexo en Brasil", por lo que salió del país como hombre y regresó como mujer, pero "pese a desarrollar ahora una vida plena como mujer, debe soportar la discriminación por carecer del nombre de registro por ejemplo al buscar trabajo, al votar, para realizar estudios".

"Se trata de una paciente con tono de voz, postura y desenvoltura perfectamente femeninas", concluyeron los médicos.

Si bien tendrá documentos de mujer, la Justicia determinó que se conserven sus registros masculinos "en orden a la verdad biológica y su propia historia".

"De este modo se pretende preservar las relaciones de familia, actuales o que en el futuro pudieran sobrevenir", ejemplificaron los jueces.

También apuntaron que esa conservación histórica apunta a "no perjudicar derechos de terceros, que tienen que ver con negocios jurídicos o actos jurídicos en los que pudo participar el justiciable cuando figuraba con otro nombre y asignación sexual diferente, o bien violentar el orden público, en lo que hace a la esfera del derecho Penal".

Fuente: DyN

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