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Sabado 20 de Marzo
30-06-08 | Economía Imprimir Galería
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Hoy vence el plazo para la recategorización de autónomos

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En el caso que su facturación haya variado respecto a 2007, algunos de los 700.00 trabajadores de esa modalidad registrados ante la AFIP tienen su última jornada para realizar el trámite por Internet y con clave fiscal

La recategorización, en el supuesto que el cambio de los ingresos brutos el año pasado implique un cambio de categoría, debe realizarse en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), www.afip.gov.ar.

El procedimiento se realiza con clave fiscal habilitada para el servicio "Padrón Único de Contribuyentes", donde se podrá seleccionar la opción "Empadronamiento/categorización de Autónomos".

Se trata de la primera recategorización desde la fecha de publicación de la norma (febrero del año pasado) y los autónomos deberán determinar si la categoría por la cual están ingresando sus aportes es correcta o si les corresponde modificarla.

La AFIP expresó en un comunicado que la "falta de recategorización anual implicará la ratificación de la categoría declarada con anterioridad".

Una vez procesadas las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, que este año vencen también hoy, la AFIP las analizará y podrá identificar "aquellos autónomos que no hayan cumplido con la recategorización correspondiente".

La recategorización podrá efectuarse, en caso de que corresponda, hacia una categoría inferior o superior, según el nivel de ingresos que haya tenido el contribuyente.

Las categorías de autónomos son cinco y el pago de la cuota mensual oscila entre los 128 y los 563,20 pesos.

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