La Corte Suprema avaló un allanamiento que permitió obtener material genético para determinar la identidad biológica de un hijo de desaparecidos. En tanto, revocó un fallo que había ordenado realizar una extracción compulsiva de sangre

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había confirmado la resolución de la jueza María Romilda Servini de Cubría por la que ordenó la extracción compulsiva de sangre de Emilio Matías Prieto y de Guillermo Gabriel Prieto.
Asimismo, el tribunal dejó firme la sentencia que había reconocido la validez del allanamiento del domicilio y el posterior secuestro de prendas y objetos personal en busca de material genético para determinar la identidad biológica de Guillermo Gabriel Prieto.
Fue en el marco de una investigación instada por Abuelas de Plaza de Mayo para determinar la identidad biológica de un hijo de desaparecidos.
En 2003 la Corte, ante una negativa de Evelyn Vázquez Ferrá (nacida en la ESMA) de prestar consentimiento para la extracción de sangre que se le había ordenado, sostuvo que el Estado no puede obligar a la víctima mayor de edad a dar su sangre para conocer su verdadera identidad y utilizar ese dato para incriminar a sus supuestos apropiadores.
No obstante, el Máximo Tribunal consideró oportuno pronunciarse nuevamente sobre el particular, en razón de llegar a su conocimiento una medida dispuesta por la jueza de instrucción a raíz de un informe del Banco Nacional de Datos Genéticos que daba cuenta de la posibilidad de determinar el ADN por medios alternativos a la extracción de sangre.
En esa inteligencia, la magistrada ordenó el allanamiento del domicilio de Guillermo Gabriel Prieto, con el objeto de obtener muestras para la realización del análisis genético que permitiera la realización de peritajes tendientes a establecer la posible compatibilidad con los datos registrados en el Banco de Datos Genéticos y para determinar, asimismo, el vínculo de paternidad entre Guillermo Gabriel Prieto y el matrimonio Gualtieri Rugone-Prieto. La medida resultó impugnada por Guillermo Gabriel Prieto, quien se opuso a que se utilizara su material genético.