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Será de 16 años la edad mínima para trabajar

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A partir de ahora, la edad mínima para firmar un contrato laboral legal será de 15 años, en lugar de 14 y, desde el 25 de mayo de 2010, el requisito será tener por lo menos 16 años

Es lo que establece la ley 26.390, aprobada por el Congreso y publicada la semana última en el Boletín Oficial.

La imposibilidad de contratar menores se establece de tal forma que no se les permite desarrollar tareas laborales, estén remuneradas o no, bajo ninguna forma.

Para el caso de los niños que integran elencos en expresiones artísticas, normas de la Organización Internacional del Trabajo habilitan el trabajo. Sin embargo, siempre que se cuente con un permiso de la autoridad administrativa local en temas laborales, que debe tner en cuenta que no se interrumpa la escolaridad y que no exista un daño para el menor, derivado del trabajo desarrollado.

Además se contempla otorgar planes de capacitación y empleo para el padre desocupado.  Pero el tema es complejo. El trabajo infantil está arraigado en la vida de muchas familias en las que los adultos sí trabajan, pero lo hacen en tareas precarias o que les ofrecen ingresos insuficientes.

La ley 26.390 modifica, además de la ley de contrato de trabajo, las normas específicas sobre el empleo en el servicio doméstico y en el sector agropecuario. En ambos casos, la edad mínima se eleva en una primera etapa a 15 y luego a 16 años según informa el diario La Nación.

Para cualquier tarea, se dispone que quienes tienen entre 14 años y la nueva edad mínima podrán hacer tareas en emprendimientos que sean de su padre, madre o tutor. Pero las jornadas podrán extenderse hasta un límite de tres horas diarias y 15 semanales, y siempre deberán cumplir con la escolaridad.

Como norma general, quienes estén habilitados por su edad a firmar contratos de trabajo, pero tengan menos de 18 años, deberán contar con la autorización de los padres, salvo que vivan en forma independiente.