7 de Enero
Lunes 10 de Marzo de 2008
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Modifican el sistema para importar autos diplomáticos
La Cancillería decidió cambiar el régimen de franquicias para impedir que sea fuente de irregularidades, tras el escándalo que se desató a principio de año. Buscarán "transparencia y control"
La decisión está contenida en una resolución que hoy publica el Boletín Oficial y que lleva la firma del canciller Jorge Taiana. Si bien se seguirán respetando las convenciones internacionales que rigen para la adquisición de automotores por parte del personal diplomático extranjero, habrá nuevos procedimientos que apuntarán a evitar la adquisición de autos truchos

A tal fin, se realizará un "censo de los automotores con franquicia diplomática" -que luego serán reempadronados- y otro de "funcionarios extranjeros acreditados y empleados locales" de las representaciones diplomáticas, a cargo del departamento de Privilegios e Inmunidades de la Cancillería".

Por otra parte, "el Departamento de Franquicias de Automotores requerirá mensualmente a la Secretaría de Industria y Comercio el listado de modelos de automotores aptos y tendrá que llevar adelante las gestiones destinadas para que la AFIP incluya las franquicias diplomáticas en el sistema MARIA".

Los trámites se "informatizarán" y se realizará un registro de firmas de los Jefes de Misión y sus "subrogantes legales", a cargo del departamento de Franquicias. Los beneficios para los diplomáticos serán los mismos, según lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, sobre Relaciones Consulares de 1963, y otras convenciones.

Las modificaciones son a efectos de obtener un mayor control sobre estas franquicias, para evitar situaciones irregulares con automotores ingresados al país de esta forma. Por ejemplo, para solicitar autorización para la importación de automotores con franquicia diplomática para el uso oficial de las representaciones, la misma deberá ser presentada por nota dirigida ante el Departamento de Franquicias de Automotores de la Dirección Nacional de Ceremonial, firmada por el Jefe de Misión con su sello.

En el caso de reexportación, transferencia a terceros o nacionalización del vehículo se "deberán devolver al Departamento de Franquicias de Automotores de la Dirección Nacional de Ceremonial las chapas patente, la cédula de identificación del automotor y la cédula de identificación de cada autorizado para conducir.
Fuente: Télam
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