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Tras el cambio de sexo, lo autorizan a usar otra identidad

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El hombre se sometió a una intervención quirúrgica en el exterior y ahora la Justicia de Rosario le permitió que en su partida de nacimiento figure su nuevo nombre femenino.

Así lo resolvió la Sala IV de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario al revocar un fallo de primera instancia y disponer cambiar el nombre y la atribución de sexo en la partida de nacimiento de la persona.

Este fallo beneficia a una persona de nacionalidad italiana que se había realizado la operación en 1996 para cambiar de sexo en Londres -donde actualmente vive- e incluso contrajo matrimonio con un hombre oriundo de Argelia.

Hace tiempo, la Justicia italiana había hecho lugar al reclamo de esta persona, aunque en primera instancia un magistrado de Rosario no aceptó ese antecedente y denegó el pedido de cambio del acta de nacimiento y documentos personales.

"El transexual siente realmente y está funcionalmente convencido de ser víctima de un trágico error de la naturaleza que ha operado una fractura entre la psiquis y la realidad corporal. El convencimiento de pertenecer a un sexo diferente al que la naturaleza le asignó es un factor infaltable y definitorio en el específico caso del transexual", citaron los jueces en el fallo al que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas.

Además, los camaristas Edgar Baracat, Avelino Rodil y José Donati recordaron que "el transexual siente disgusto por sus órganos genitales y por los otros atributos físicos de un sexo que no lo siente como propio, así como es también víctima de una laceración somática y psíquica que absorbe y compromete cada uno de los aspectos de su vida".

"Si lo fundamental de la pretensión en autos es la consecución de la unidad psíquico física del sujeto y la definición de su identidad, y la petición de cambio de sexo registral es sólo el único medio para alcanzar aquella finalidad, no cabe duda que la petición debe subsumirse dentro de los derechos a la salud, y a la propia identidad personal que a su vez se subsume dentro de todas aquellas normas constitucionales que tutelan la dignidad de la persona humana", indicaron los camaristas.

También advirtieron que "no debe olvidarse que el matrimonio -en nuestro derecho- se basa en la heterosexualidad de los contrayentes y todo aquel que vaya a contraerlo tiene derecho a que no se le oculte información acerca de su presupuesto, esto es, el sexo en todos los elementos que lo definen".

En el fallo los jueces tuvieron en cuenta informes médicos, psicológicos y abundante literatura científica, para hacer lugar a la petición.

Por otro lado, los tribunales de Rosario deber expedirse en los próximos días si acepta que dos personas del mismo sexo contraigan matrimonio, pese a que está prohibido por Ley.



Fuente: NA