Amnistía fiscal: el proyecto de ley para saldar deudas con los jubilados ingresa hoy al Congreso

La norma permitirá ingresar al circuito legal patrimonios de personas físicas y jurídicas adquiridos antes del 31 de diciembre de 2015. Se excluye del programa a ex funcionarios que ocuparon cargos entre 2006 y 2015

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Presidencia
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El gobierno nacional enviará hoy al Congreso el proyecto de ley de amnistía fiscal, de cuya recaudación depende el financiamiento del plan para cancelar deudas judiciales con jubilados.


Además de temas fiscales internos, la iniciativa responde a normativas internacionales que promueven el intercambio de información fiscal entre más de un centenar de países a partir de 2018.


La norma permitirá ingresar al circuito legal patrimonios de personas físicas y jurídicas adquiridos previos al 31 de diciembre de 2015.


Se excluye del programa a ex funcionarios que hubieran ejercido cargos entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2015

Para tal fin se podrá pagar un impuesto especial, suscribir bonos del Tesoro nacional por el monto declarado, y/o efectuar inversiones de largo plazo en el país.


En caso que se decida por el pago del impuesto, la alícuota dependerá del monto a declarar.


Si es inferior a los 305 mil pesos no se pagará nada; entre 305 mil pesos y 800 mil pesos se pagará el 5 por ciento y por montos superiores a 800 mil pesos se abonará el 10 por ciento.


Para los que ingresen al programa después del 1 de enero de 2017, la alícuota será del 15 por ciento.


infobae

El dinero a ingresar se tendrá que depositar en cuentas abiertas en entidades financieras autorizadas por el BCRA y serán estas instituciones las que deberán acreditar el origen y la legitimidad de los fondos de acuerdo a las normas de la UIF (Unidad de Información Financiera).


En caso de dinero que esté fuera del país deberá estar depositado en entidades financieras de territorios aceptados por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) y adherentes a la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico).


El Poder Ejecutivo tendrá la potestad de prorrogar la vigencia de la ley

Se excluye del programa a ex funcionarios que hubieran ejercido cargos entre el 1º de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2015.


Tampoco podrán acogerse empresas que hubieran sido contratistas del Estado ya sea a nivel nacional, provincial o municipal.


El texto que será enviado al Parlamento también admite la posibilidad de ingresar bienes que estén a nombres de cónyuges y/o hijos. El Poder Ejecutivo tendrá la potestad de prorrogar la vigencia de la ley.


Los detalles del proyecto


El director ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, aseguró que se avanzará en la derogación de la ley que prohíbe la venta de acciones que el organismo tiene en una veintena de empresas, si no se cuenta con el apoyo de los dos tercios de ambas cámaras legislativas.