Sobreseyeron a periodistas y agentes de inteligencia por supuesto espionaje

La Cámara de Casación dictó el sobreseimiento del ex jefe de la ex SIDE Juan Bautista Yofre y otros acusados. Los jueces criticaron a la jueza Arroyo Salgado

Compartir
Compartir articulo
Gerardo Viercovich
Gerardo Viercovich

La Cámara Federal de Casación Penal sobreseyó al ex titular de la ex SIDE Juan Bautista "Tata" Yofre, a empresarios, periodistas y ex agentes de inteligencia por la supuesta intercepción ilegal de correos electrónicos de funcionarios del gobierno kirchnerista.


Fuentes judiciales informaron a Infobae que los integrantes de la Sala III de Casación, Liliana Catucci, Mariano Borinsky y Eduardo Riggi, criticaron a la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, por su actuación en la causa.


Se trata de un proceso que se inició hace nueve años por una presentación de la ex SIDE que recayó en el juzgado de Arroyo Salgado que denunció la violación de correos electrónicos de funcionarios y solicitó que se haga una "pinchadura" oficial para abrir una investigación.


Los damnificados fueron el entonces jefe de Gabinte Alberto Fernández, el canciller Jorge Taiana, la ministra de Seguridad Nilda Garré, entre otros. La jueza –ex esposa del fallecido fiscal Alberto Nisman– procesó en 2012 a Yofre, a ex agentes de inteligencia y un grupo integrado por periodistas y empresarios.


La causa estaba cerca de ser enviada a juicio oral pero, en diciembre pasado, Arroyo anuló todo el expediente. Lo hizo mientras Casación tenia la causa y debía expedirse. El tribunal resolvió ayer sobreseer a los acusados.


Los camaristas señalaron que, si bien se comprobó que hubo mails intervenidos ilegalmente, no se trata de una violación de secretos de Estado porque los correos no contenían información reservada. Y además la violación de mails es un delito de instancia privada, es decir deben iniciar una causa los damnificados y no lo hicieron.


De todos modos, Casación criticó a Arroyo por anular la causa cuando el expediente no estaba en su poder y a la espera de que su superior lo resuelva. "A esta altura del control de lo actuado, no puede pasar desapercibido, que sin tener facultad para decidir como lo hizo el día 30 de diciembre pasado, nueve años después se dio cuenta de que aquella nulidad, que se le había pedido tiempo atrás y no le había dado curso, era viable", criticaron los camaristas y agregaron que lo que hizo la jueza "importa un error de tal magnitud que equipara esa decisión tomada a un acto inexistente".


También señalaron que la magistrada llevó durante dos años la causa "impulsada por la entonces Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), cuyas propuestas y rumbo avaló la titular del Juzgado Federal".


Por último, el tribunal destacó la libertad de prensa y la protección de la fuente de información que tienen los periodistas, lo que está amparado en la Constitución Nacional.

"La función de la prensa en una república democrática persigue, entre otras finalidades, informar tan objetiva y verídicamente al lector como sea posible; contribuir a la elaboración de la voluntad popular y servir de medio de expresión a la opinión pública", señalaron.