El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, confirmó con una sola frase una de las principales inquietudes que permanecían para las compras al exterior a través de internet: la vuelta del correo puerta a puerta en las adquisiciones online.
"Vamos a volver a implementar el courier para evitar esas colas infames de gente. Las personas que quieren comprar un libro, para alguien que está estudiando, o que quiere leer un buen libro, se tienen que pasar dos horas cerca del puerto, después hacer un VEP. Una cosa kafkiana en el peor sentido de la palabra. Porque el pobre (Franz) Kafka que era un escritor estupendo, se transformó en adjetivo calificativo de la estupidez humana", aseguró tajante ante un auditorio repleto de contadores.
El titular de la AFIP utilizó "la compra de un libro" como un ejemplo, aunque se estima que la vuelta del "puerta a puerta" se extenderá a otros productos. Según supo Infobae, la AFIP está trabajando con la Secretaría de Comercio, dentro del Ministerio de Producción, en las definiciones más claras para levantar esta dificultad que se instaló con el cepo cambiario.
Sin embargo, no especificó una fecha de implementación para el cambio. En la actualidad, luego de presentar la declaración jurada a través de la web de la AFIP, el comprador debe retirar la encomienda en la Aduana, con la presentación del formulario 4550 y el Volante Electrónico de Pago (VEP). Abad realizó el anuncio en el marco de una exposición en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en el ciclo de Actualidad Tributaria 2016.
Abad: "Hay que evitar esas colas infames de gente en la Aduana"
Por el momento, la prioridad se encuentra en reestablecer el courier y no en modificar los topes de compra a partir del cual se aplican los impuestos. Cuando las mercaderías ingresan al país a través de correo, se debe generar una declaración jurada con todos los detalles, incluso para las compras minoristas, y con un tope de dos adquisiciones anuales, a través de la Resolución General 3579.
Esa resolución, publicada en enero de 2014, especificó que "los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán acceder al sitio "web" de la AFIP (Mis Aplicaciones Web), seleccionar el Formulario Nº4550 (Compras a proveedores del exterior) y completarlo con el detalle de la adquisición realizada. La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente".
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