Narcotráfico y efedrina: Casación confirmó decenas de condenas en el año 2015

Entre las más destacadas se encuentran la pena a 23 años de prisión que recibió Miguel Ángel "Mameluco" Villalba, y el procesamiento de José Ramón Granero, ex titular de la Sedronar con el kirchnerismo

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Operativo contra el narcotráfico (Imagen de archivo) NA  162
Operativo contra el narcotráfico (Imagen de archivo) NA 162

Durante el transcurso del año 2015, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, confirmó alrededor de 40 condenas a penas de prisión por infracción a la Ley de Estupefacientes, incluidos los procesamientos (y el envío a juicio oral) de José Ramón Granero y otros por tráfico de efedrina.

Entre los fallos más destacados se encuentra la condena de 23 años de prisión impuesta a Miguel Ángel "Mameluco" Villalba y otras penas dictadas contra los restantes miembros de una organización que se dedicaba a comercializar marihuana y cocaína en la Villa "18 de septiembre", ubicada en el partido bonaerense de San Martin. En el caso se tuvo por acreditado que el apodado "Mameluco", además de comercializar la droga, era quien organizaba y financiaba el tráfico, incluso cuando se encontraba detenido cumpliendo una condena anterior, también por el mismo delito.

También la Sala IV confirmó condenas que van de 15 a 4 años de prisión a numerosos miembros de otra organización dedicada al tráfico de estupefacientes, disponiéndose el decomiso de los vehículos que utilizaba la banda (11 automóviles y 2 motocicletas). La organización tuvo la singularidad de que dos de sus miembros dirigían y organizaban sus acciones desde el lugar de detención. En el marco de los procedimientos llevados a cabo por las autoridades policiales se secuestraron 180 kilos de marihuana y 4 kilos de cocaína.

 Télam 162
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Asimismo, la Sala convalidó un fallo en el que se había condenado a un sujeto como coautor del delito de tráfico de estupefacientes en las modalidades de producción y/o elaboración, transporte y tenencia con fines de comercialización agravado por la cantidad de personas intervinientes. En el caso se juzgó la existencia de una organización delictiva dedicada –entre otras maniobras– a la elaboración de cocaína dentro de una quinta situada en el partido Escobar (provincia de Buenos Aires) y en cuyo marco fueron secuestrados más de 900 kilos de la misma sustancia, precursores químicos, prensas, balanzas y demás elementos destinados a la producción de estupefacientes.

Otro de los casos resonantes en los que intervinieron los jueces Hornos, Borinsky y Gemignani es el de la causa caratulada "Benítez, Rafael Salvador" en la que el imputado resultó autor penalmente responsable del delito de fabricación de estupefacientes (art. 5, inc. "b" de la ley 23.737). El hecho fue descubierto tras el ingreso de una joven a un nosocomio de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos por haber sufrido quemaduras en el 85% de su cuerpo (de grados "a" y "b"), producto de una explosión en donde funcionaba la cocina de cocaína. La joven falleció horas después. El imputado, quien mantenía una relación amorosa con la víctima del estallido, fue encontrado culpable de controlar y dirigir la producción del estupefaciente.

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Por otra parte, la Sala intervino en una causa mediante la cual se condenó a un interno de la Unidad Carcelaria N° 1 de la provincia de Salta, a quien durante un procedimiento de requisa se le encontró sustancia estupefaciente acondicionada en 207 envoltorios que contenían pasta base de cocaína.

Asimismo, en el transcurso de este año se confirmó una condena a siete años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes (artículo 5, inciso "c", de la ley 23.737). En dicha sentencia se rechazaron –entre otros planteos los cuestionamientos de la defensa relativos al inicio de las actuaciones y a la requisa del automóvil que manejaba el imputado, quien trasladaba más de 150 paquetes que contenían alrededor de 150 kilogramos de cocaína.