Uruguay: los reincidentes no podrán salir en libertad mientras se los juzgue

El nuevo Código del Proceso Penal establece los juicios orales y públicos, pone en cabeza de los fiscales la investigación y elimina la prisión preventiva salvo para reincidentes y acusados de delitos graves

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La Cámara de Senadores de Uruguay aprobó un nuevo Código del Proceso Penal y se espera que la Cámara de Diputados le dé sanción definitiva antes del 15 de septiembre. El proyecto reforma el proceso penal del actual inquisitivo al acusatorio, en el que el fiscal pasará a dirigir la investigación y a trabajar con la Policía, mientras que el juez sólo juzgará en audiencias orales y públicas, una vez que el fiscal reúna las pruebas.


El nuevo sistema entrará a regir en febrero de 2017, tiempo necesario para acondicionar la infraestructura y los recursos al nuevo sistema.


Mientras del otro lado del Río de la Plata una reforma busca eliminar la reincidencia, el nuevo Código uruguayo dispone que los reiterantes y reincidentes deberán ir a prisión si son procesados, del mismo modo que "cuando existen motivos fundados que permitan inferir que el imputado puede atentar contra la víctima, su familia o sus bienes". Los procesados por delitos comunes y que no tengan antecedentes podrán esperar la sentencia en libertad, con lo que quedará en desuso la figura de la prisión preventiva.


"Tiene el respaldo de los operadores del proceso penal, que conocen en profundidad la materia", dijo el senador colorado Ope Pasquet, quien recordó que en la actualidad el juez dirige la investigación y además resuelve, tareas que con la reforma pasarán a estar desdobladas.


La reforma apunta a disminuir la cantidad de personas privadas de la libertad sin sentencia, que en la actualidad alcanza el 64% de los 9.813 reclusos. Además, tendrá un costo presupuestario anual de u$s25 millones, sobre todo el destinado al Ministerio Público por las nuevas tareas asignadas a los fiscales.