Aprobaron una ley que permite la instalación de bares en los parques de la Ciudad

La Legislatura porteña aprobó un proyecto en el que se autoriza la creación de esos comercios en espacios verdes que superen los 50.000 metros cuadrados. Se prohíbe la instalación de parrillas, la venta de cigarrillos y alcohol y la colocación de carteles publicitarios

Compartir
Compartir articulo
  162
162
  162
162
  162
162
  162
162

Legisladores porteños aprobaron un proyecto de ley que regula las áreas de servicios en espacios verdes de la Ciudad, que ahora tendrán sectores de descanso, esparcimiento y servicios, y que habilita la instalación de bares en los parques.

La ley estipula que cada  área de descanso, esparcimiento y servicios esté integrada por "un sector de expendio de alimentos y bebidas". Asimismo, la norma prohíbe la venta y exhibición de bebidas alcohólicas, además, de la instalación de carteles y toldos en el espacio exterior.

En cuanto al expendio de alimentos y bebidas, se admitirá la "venta de emparedados, golosinas, productos de confitería u otros alimentos, envasados en origen y que provengan de fábricas autorizadas, envueltos en papel impermeable o similar, que en caracteres visibles lleve impreso la fecha de su elaboración, nombre y dirección de la fábrica".

Estará autorizada la "elaboración y venta de infusiones de café, té, yerba mate, leche, jugos exprimidos y licuados". Estas Áreas de Servicios podrán ser instaladas únicamente en los espacios verdes que superen los 50.000 metros cuadrados, lo que equivale a 5 manzanas, como por ejemplo los parques Indoamericano, Saavedra, Centenario o Avellaneda.

Entre otras cosas, la ley establece que "sólo se admitirá el proceso de calentamiento mediante horno a microondas y/o eléctrico al efecto de promover la producción de energía limpia e incentivar la prevención de impactos negativos sobre el medio ambiente".

Por cada parque podrá haber no más de cinco áreas de servicio, separadas al menos por 200 metros, y además no podrán estar a menos de 50 metros de límite con la calle, para que los bares no compitan con los que haya en los barrios.

Un 30% de los permisos deberán ser otorgados a ONG, y los bares deberán tener como mínimo un empleado discapacitado. Los beneficiarios podrán manejar áreas de servicios en más de un parque, pero deberán encargarse del mantenimiento de todas las instalaciones.

Además, la norma hace referencia a que en los espacios verdes habrá  "un sector de sanitarios accesibles de uso público y gratuito, una estación de vida saludable que deberá contemplar como mínimo una zona de descanso, de ejercitación física e hidratación gratuita; un servicio de estacionamiento de bicicletas".

También da la opción "al permisionario de instalar un servicio de alquiler de bicicletas cuando en el área no existiese tal servicio ofrecido por el Gobierno de la Ciudad. La Autoridad de Aplicación de la presente ley es el Ministerio de Ambiente y Espacio Público". La norma deberá pasar ahora por una Audiencia Pública y tendrá que ser aprobada definitivamente el año que viene.