Uruguay: Parlamento despenalizó el aborto

El Senado uruguayo votó por ajustada mayoría la legalización de la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación. Mujica anunció que promulgará la norma

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Tras más de cinco horas de debate, los 16 senadores del Frente Amplio (FA) y el legislador Jorge Saravia del Partido Nacional aprobaron el texto que convierte a Uruguay en el primer país de Sudamérica en despenalizar el aborto y en el segundo en América Latina, luego de Cuba.

La aprobación se da luego de dos intentos fallidos del Congreso por generar una normativa que permita la interrupción del embarazo, que incluyeron el veto presidencial del ex mandatario Tabaré Vázquez en 2008, también del FA.

La ley, que permite el aborto hasta la semana 12 de gestación bajo ciertas condiciones y hasta las 14 en caso de violación, fue aprobada por la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre, por una mayoría de 50 votos a favor y 49 en contra.

El presidente José Mujica tiene en su mano la posibilidad de vetar la ley, pero ya anunció que no lo hará. El texto, de 15 artículos, requiere la promulgación del Poder Ejecutivo y una posterior reglamentación, por lo cual no entrará en vigor de inmediato, sino que deberá recorrer aún un largo camino.

Algunos legisladores de la oposición han anticipado que convocarán a un referéndum para dejar que sea la población, directamente, la que falle sobre el polémico tema, que dividió al país e incluso generó fisuras dentro de cada partido político.

      

Los argumentos en contra se basan en cuestiones filosóficas, religiosas o éticas, y el nuevo conglomerado de izquierdas denominado Asamblea Popular (AP), formado por grupos escindidos del Frente Amplio, reclama que debería imponerse la "legalización" directamente, por la sola voluntad de la mujer, sin condiciones.

La organización Mujer y Salud Uruguay (MYSU) también tiene reparos respecto de la nueva ley, según dijo a la agencia DPA Martha Aguñin, una de sus voceras, porque impone condiciones inaceptables o de difícil aplicación.



El proyecto

El artículo segundo del proyecto de ley establece que "la interrupción voluntaria del embarazo no será penalizada" y, en consecuencia, no serán aplicables artículos del Código Penal para el caso de que la mujer cumpla con los requisitos que se establecen en los artículos siguientes y se realice durante las primeras doce semanas de embarazo.

Los requisitos son, entre otros, "acudir a consulta médica de una institución del Sistema Nacional Integrado de Salud, a efectos de poner en conocimiento del médico las circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales o familiares o etarias que a su criterio le impiden continuar con el embarazo en curso".

El médico dispondrá, para el mismo día o para el siguiente, la consulta con un equipo interdisciplinario, el que a estos efectos estará integrado al menos por tres profesionales, de los cuales uno deberá ser médico ginecólogo, otro deberá tener especialización en el área de la salud psíquica y el restante en el área social.

Ese equipo interdisciplinario, actuando conjuntamente, deberá informar a la mujer de lo establecido en la nueva ley, de las características de la interrupción del embarazo y de los riesgos inherentes a esta práctica.

      

Asimismo, informará sobre las alternativas al aborto provocado, incluyendo los programas disponibles de apoyo social y económico, así como la posibilidad de dar su hijo en adopción.

En particular, el equipo de profesionales "deberá constituirse en un ámbito de apoyo psicológico y social para la mujer, para contribuir a superar las causas que puedan inducirla a la interrupción del embarazo y garantizar que disponga de la información para la toma de una decisión consciente y responsable".

A partir de esa reunión con el equipo, "la mujer dispondrá de un período de reflexión mínimo de cinco días, transcurrido el cual, si ratificara su voluntad de interrumpir su embarazo ante el médico ginecólogo tratante, se coordinará de inmediato el procedimiento, que en atención a la evidencia científica disponible, se oriente a la disminución de riesgos y daños".

"Nadie garantiza que el sistema de salud, a nivel público como privado, esté en condiciones de ofrecer los servicios de aborto hasta las 12 semanas de gestación al no estar disponibles los equipos de salud que deberían actuar, sin tener en cuenta los tiempos de las mujeres en esa situación", indicó Aguñin.