Trampas del anuncio castrista sobre la nueva ley de viajes en Cuba

El Gobierno de Raúl Castro informó que ya no se requerirá permisos para abandonar la isla. Sin embargo, obvió difundir las restricciones para otorgar pasaportes

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 Infobae América 163
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Lo advirtió la bloguera disidente Yaoni Sánchez en su cuenta de twitter, "#Cuba Dice refran "El Diablo esta en los detalles" y en esta #LeyMigratoria esta en incisos D y H del articulo 23 Tambien el C del art 24.1".

No está errada la opositora cubana. La ley es clara. Según los incisos D y H del artículo 23:

"Los ciudadanos cubanos residentes en el territorio nacional no pueden obtener pasaporte corriente mientras se encuentren comprendidos en alguno de los supuestos siguientes: 

d) Cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen.

h) Cuando por otras razones de interés público, lo determinen las autoridades facultadas".  

 

La discrecionalidad es evidente, mas si se tiene en cuenta que para someterse a esta legislación habrá que renovar obligatoriamente el pasaporte (unos 60 dólares, carísimo para los magros bolsillos cubanos que reúnen -en promedio- unos 20 dólares por mes).

El artículo 24 de la norma también pone de manifiesto la trampa comunicacional:

"A los efectos de la entrada al territorio nacional, resulta inadmisible toda persona que se encuentre comprendida en alguno de los supuestos siguientes:

(…) Organizar, estimular, realizar o participar en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano".

 

Los límites de la norma en su reglamentación son tan vagos que permiten la discrecionalidad absoluta a la hora de otorgar el pasaporte o permitir la entrada. Así, el anuncio grandilocuente, presentado como una apertura del régimen, es una modificación en los procedimientos restrictivos.