¿Cuánto se le debe pagar a una empleada doméstica?

El Ministerio de Trabajo difundió hoy las escalas remunerativas para el personal de servicio. Los montos rigen para todo el país. Hay excepciones

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El Ministerio de Trabajo fijó a partir del primero de septiembre de este año las remuneraciones mensuales mínimas para los trabajadores de servicio doméstico, que van de 610 a 750 pesos según la categoría.

Según estableció la cartera laboral en su resolución número 962/2006 publicada ayer en el Boletín Oficial, esta adecuación salarial será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
 
Para la primera categoría, que comprende institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llave, mayordomos, damas de compañía y nurses, la remuneración será de 750 pesos.
 
Para la segunda categoría, de cocineros especializados, mucamos, niñeras, valets y porteros de casas particulares será de 696 pesos.

Para la tercera categoría, de cocineros, mucamas, niñeras, ayudantes y caseros, 680 pesos.

Para la cuarta categoría, aprendices, 610 pesos con 4,65 pesos por hora.

Finalmente, la retribución mínima para el personal auxiliar de casas particulares en la especialidad planchadoras, lavanderas, personal de limpieza será de 305 pesos y de 4,65 pesos por hora cuando se excede de las cuatro horas diarias.